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LIBRO MANUAL DE AMPARO CONTRA IETU

manual de amparo 

LIBRO 

MANUAL DE AMPARO CONTRA EL IETU

 AUTOR: C.P. y M.I. VICTOR REGALADO RODRIGUEZ

Libro que expone de una forma sencilla aquellas situaciones en las que la Ley del IETU viola los principios constitucionales, así como las generalidades del Juicio de Amparo, como el medio de defensa idóneo y procedente en contra de la inconstitucionalidad de las leyes fiscales.

Libro que, entre sus objetivos, tiene la finalidad de servir de guía y orientación para contribuyentes, contadores y cualquier otra persona interesada y no versada en los aspectos constitucionales que deben guardar las contribuciones y/o disposiciones que regulan el Juicio de Amparo. 

PORQUÉ ES INCONSTITUCIONAL LA LEY DEL IETU?……..EN QUE PARTE LA LEY DEL IETU VIOLA LA CONSTITUCION Y PORQUÉ?……… 

En este libro encontrarás no solo una lista de razones por las que se viola los principios constitucionales del artículo 31 fracción IV de nuestra Carta Magna, sino una explicación de cada una de ellas. 

QUE PUEDO HACER COMO CONTRIBUYENTE ANTE LEYES INCONSTITUCIONALES?…….CUALES SON LAS INSTANCIAS EN LAS QUE PUEDO TRAMITAR EL AMPARO?………CUALES SON LOS PLAZOS PARA AMPARARSE?……..PUEDO AMPARARME DESPUES DE HABER TRANSCURRIDO LOS PLAZOS INICIALES?…….PUEDO BENEFICIARME DE LOS AMPAROS CONCEDIDOS A OTROS?………PUEDO APLICAR LA LEY DEL IETU A MI CONVENIENCIA?…….CUALES SON LOS EFECTOS DEL AMPARO?……..YA NO PAGO IETU SI ME AMPARO?……… 

Todo esto y mucho más tiene una respuesta en las 153 páginas de éste libro, donde encontrará que aún a pesar de no tramitar el amparo dentro de los 2 plazos iniciales que se tienen para ello, existe una tercera instancia en la que podría hacerlo después. 

QUE TESIS Y JURISPRUDENCIAS DE LA SCJN ME PUEDEN AYUDAR?……….COMO FUNDAMENTAR LAS VIOLACIONES CONSTITUCIONALES DE LA LEY DEL IETU? 

A modo de fundamento y apoyo a los razonamientos expuestos en este libro,  se incluyen una serie de resoluciones de la SCJN, jurisprudencias en su mayor parte, que fundamentan muchas de las situaciones que se manejan en éste tipo de recursos, igualmente con la finalidad de que sirvan de apoyo y fundamento a su criterio. 

Además, SE INCLUYE UN MODELO DE AMPARO en el cual se han desarrollado y fundamentado los razonamientos por los que se violan los principios constitucionales, a fin de que sirva de guía al momento de exponer y desarrollar los conceptos de violación aplicables a cada caso en particular. 

El contenido del libro es el siguiente: 

INTRODUCION

CAPITULO I .- FACULTAD PARA EXPEDIR LEYES TRIBUTARIAS

1.1   Cubrir el presupuesto

1.2  Garantías individuales

CAPITULO II.- PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE LOS IMPUESTOS

2.1   Principio de proporcionalidad

2.2   Principio de equidad

2.3   Principio de legalidad

2.4  Seguridad jurídica

CAPITULO III.- FINES EXTRAFISCALES DE LOS IMPUESTOS

CAPITULO IV.- DISPOSICIONES DE LA LEY DEL IETU QUE VIOLAN LA CONSTITUCION

4.1   Blindaje de la Ley del IETU

4.1.1         Principio de proporcionalidad

4.1.1.1               El IETU como impuesto mínimo

4.1.1.2               El IETU como impuesto de control

4.1.1.3               El IETU como promotor de la inversión y creación de empleos

4.1.1.4               El IETU no ocasiona doble tributación

4.1.2       Principio de equidad

4.1.2.1              Trato especial a sector financiero

4.1.2.2              Exclusión como objeto a intereses y regalías

4.1.3       Fines extrafiscales del IETU

4.1.3.1               El IETU es vehículo para la redistribución de la riqueza

4.1.3.2               Cumplimiento de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo

4.2        Casos en que la Ley del IETU viola la constitución

4.2.1     Falta de precisión en el objeto del IETU

4.2.2     No deducibilidad de ciertas erogaciones indispensables

4.2.3     Base con conceptos de un impuesto indirecto

4.2.4     Doble tributación debido a la naturaleza del IETU

4.2.5     Deducción hasta el cobro

4.2.6     Crédito por inversiones adquiridas antes de 2008

4.2.7      No deducibilidad de inventarios al 31 de Diciembre de 2007

4.2.8      Pérdida de créditos fiscales

4.2.9      Acumulación de ventas no cobradas en exportación

4.2.10    Tasa fija de impuesto para personas físicas

4.2.11     Fines extrafiscales

CAPITULO V.- EL JUICIO DE AMPARO COMO MEDIO DE DEFENSA

5.1          Generalidades

5.2          Principios rectores del Juicio de Amparo

5.2.1                   Principio de instancia de parte agraviada

5.2.2                   Principio de estricto derecho

5.2.3                   Principio de relatividad

5.3          Competencia

5.4          Tipos de amparo

5.4.1                  Amparo Indirecto

5.4.2                  Amparo Directo

5.5          Plazo de presentación

5.6          Momento de presentación del amparo

5.7          Diferencia entre ampararse en una u otra instancia

5.8          Efectos del amparo

CONCLUSIONES

ANEXO

MODELO DE AMPARO CONTRA IETU

BIBLIOGRAFIA

    

 

ADQUIERELO EN DESCUENTO DE SU PRECIO ORIGINAL DE $ 250.00, A SOLO $ 150.00 EN SU VERSION ELECTRONICA……….NO PIERDAS TIEMPO ESPERANDO A QUE LLEGUE POR CORREO……………DESCARGALO DE INMEDIATO!!

Con todas las ventajas que proporciona un libro electrónico, podrás almacenarlo en tu computadora para tenerlo disponible en cualquier momento, imprimir únicamente las secciones que necesites, ir de inmediato a la sección que desees a través de sus vínculos de marcador, realizar búsquedas por palabras, no tener que esperar largos días a que llegue o pagar caros fletes para disfrutarlo, etc.

La entrega del libro electrónico será por medio de correo electrónico*, por lo que lo tendrás el mismo día en que hayas realizado el depósito a la siguiente cuenta:

Cuenta # 5784563 Sucursal 0239 de BANAMEX.

(CLABE para transferencias electrónicas: 0029 0502 3957 8456 34)

A nombre de Victor Regalado Rodríguez. 

Recuerda que sólo debes depositar $ 150.00 y una vez efectuado el depósito, favor de enviar un mail a la dirección vregalado@hotmail.com acompañando la ficha de depósito escaneada, o bien, indicando en el mismo el número de autorización de operación bancaria que aparece en la ficha de depósito.  

En caso de requerir factura, por favor indica los datos de facturación en el mail, caso en el cual la cantidad total a depositar tendría que ser la de $ 300.00, monto que ya cubriría el envío de la factura por servicio de mensajería. 

  1. EDUARDO FERNANDEZ URBAN
    4 enero 2008 a las 9:21 AM

    favor de enviarme el manual, por correo en un ratito mas envio ficha de deposito, gracias

  2. GILBERTO AYON REYES
    5 enero 2008 a las 6:25 PM

    BUENAS TARDES LO FELICITO POR SU BRILLANTE OBRA DE LA DEFENSA DEL IETU. SI LE ES POSIBLE Y CONFIANDO EN SU SERVIDOR ME ENVIE SU LIBRO ELECTRONICO PARA UTILIZARLO EN MI NEGOCIO Y EL DIA LUNES A PRIMERA HORA LE DEPOSITO.
    ME INTERESA MUCHO LO QUE USTED MANEJA, QUIERO DECIRLE QUE SERE SU CLIENTE INDEPENDIENTEMENTE SI ME ENVIA SU LIBRO O NO.MUCHAS GRACIAS. A LA ORDEN EN OBREGON SONORA. MEXICO. SALUDOS

  3. CARLOS MENDEZ
    7 enero 2008 a las 7:46 PM

    Hola necesito el manuel favor de enviarmelo y enseguida le deposito

    es una propuesta seria

  4. JUAN PABLO
    11 enero 2008 a las 10:39 AM

    ANTES QUE NADA FELICIDADES POR SU LIBRO, SOLO TENIA UNA PREGUNTA EN ESTA PAGINA SEÑALAN UNA CUENTA BANCARIA PARA DEPOSITAR Y EN OTRA PAGINA RESPECTO DEL MISMO LIBRO SEÑALAN OTRAS MUY DIFERENTES A NOMBRE DE UN COORPORATIVO LLAMADO CHAMLATY, PEREZ Y ASOCIADOS S.C., ENTONCES QURIA SABER SI ES EL MISMO GRUPO O SI SON INDEPENDIENTES, ADEMAS DE QUE SEGURIDAD PUEDO TENER DE RECIBIR EL LIBRO EN MI CORREO UNA VEZ DEPOSITADA LA CANTIDAD, ESTO EN RAZON DE QUE REALMENTE TENGO INTERES EN OBTENERLO.

  5. ALEJANDRO HERRERA
    11 enero 2008 a las 5:10 PM

    LE AGRADECERIA QUE ME ENVIE EL LIBRO ELECTRONICO, UNA VEZ RECIBIDO EL CORREO CON LA INFORMACION DE INMEDIATO LE DEPOSITO,SOY UN PROFESIONISTA SERIO Y CON CONVICCION DE HONESTIDAD

  6. ARMANDO AVILA LEÓN
    11 enero 2008 a las 5:19 PM

    POR FAVOR, ME PUEDEN ENVIAR EL LIBRO MANUAL DE AMPARO CONTRA EL IETU,

    YA HE ENVIADO LA REFERENCIA DE TRANSFERENCIA

  7. Victor Regalado
    13 enero 2008 a las 1:52 AM

    Para Juan Pablo: aunque mi asistente ya te contestó en su momento, te comento que Chamlaty Pérez y Asociados, SC es la firma de la cual soy socio, por lo que éste libro en su versión electrónica puede ser adquirido mediante depósito en las cuentas que se señalan en el comunicado directo que la firma hace a través de la Asociación Nacional de Fiscalistas, o bien, en depósito a la cuenta que se señala en este blog.
    En ambos casos puedes tener la absoluta certeza de que el libro te será enviado de inmediato, tal y como ha ocurrido con todos aquellos que ya han adquirido el libro.
    Saludos y gracias por el comentario…..Victor Regalado.

  8. Rigoberto Molina
    14 enero 2008 a las 12:33 AM

    favor de enviarme el libro manuel de amparo contra el IETU, mañana lunes 14 de enero del 2008, deposito en su cuenta el pago del mismo.

  9. roberto caamal
    14 enero 2008 a las 2:21 PM

    que pasa si te amparas contra ietu y lo ganas que pasa con el impuesto que pagaste

  10. Victor Regalado
    14 enero 2008 a las 5:56 PM

    Si ganas el amparo, entonces la autoridad fiscal está obligada a devolver las cantidades pagadas ya que se vuelve pago de lo indebido. Se devolvería el monto total pagado, o bien, sólo una parte de lo pagado, si es que se determina que dentro de la mecánica de cálculo se debió haber considerado un elemento, el cual fue el objeto de la controversia constitucional.
    Para esto, una vez obtenido el amparo, se deben presentar declaraciones complementarias ya considerando dentro del cálculo el elemento objeto de la controversia, y por consiguiente, determinando saldos a favor, mismos que pueden ser motivo de compensación o devolución.

  11. roberto caamal
    15 enero 2008 a las 11:32 AM

    buen dia lic. Victor Regalado

    no tengo experiencia referente a los amparos se puede amparar un REPECO lo pueden presentar por su propio derecho tienen que mencionar alguna persona autorizada para oir y recibir notificaciones si se presenta dentro de los treinta dias cuales son sus efectos. aun amparandose tiene que pagar el impuesto.

    le agradezco antemano sus comentarios al respecto y como le puedo hacer para capacitarme con usted tiene capacitacion a distancia .

    gracias muchas gracias.

  12. Victor Regalado
    15 enero 2008 a las 12:44 PM

    Buen día Roberto, ….Se puede amparar cualquier persona que considere violada sus garantías individuales, no importa el régimen fiscal donde tribute, y claro que tendrá que hacerlo por su propio derecho aunque tendrá que efectuarlo a través de licenciado en derecho.
    El efecto de presentarlo dentro de los 30 primeros días de inicio de vigencia de la ley, es el mismo que si se presentara contra el primer acto de aplicación, esto es, el de restituir el derecho violado. En el caso concreto del IETU, dependerá del enfoque que se le dé al amparo, pero sin duda, en caso de ganarse, el efecto sería el de considerar como deducibles todos los conceptos que la ley no considera como tales.
    Por lo anterior, el efecto sería que el monto del IETU a pagar sería menor e incluso no habría monto a pagar al elevarse las deducciones.
    Al ampararse, hay de 2…o se hacen los pagos normales de IETU mientras se resuelve el juicio o no se paga nada durante ese período. Si se gana, se obtiene en devolución lo pagado anteriormente, mientras que si se pierde el amparo y se había optado por no pagar nada durante el período de resolución, pues entonces se tendrá que pagar todo con actualización y recargos.
    Generalmente se recomienda hacer los pagos normales, mientras se resuelve el juicio.
    Capacitación a distancia se maneja a través de la Asociación Nacional de Fiscalistas (www.fiscalistas.net), ahi hay una diversidad de cursos a distancia, de diversos expositores, entre ellos un servidor.

  13. policarpom paredes zavala
    17 enero 2008 a las 10:29 AM

    hoy le deposito los 150 pesos en banamex, porque necesito el amparo contra el ietu

  14. GERMAN
    17 enero 2008 a las 12:39 PM

    HOLA, EXISTEN VARIAS CENTAS BANCARIAS

    1. CUENTA BANAMEX 4327-13237 CHAMLATY PEREZ Y ASOCIADOS S.C.
    2. CUENTA 5784563 SUCURSAL 0239 DE BANAMEX , vregalado@hotmail.com

    CLABE para transferencias electrónicas 002905023957845634

    EN CUAL DEPOSITO Y QUE TAN SEGURO ES DE QUE ME VAN A MANDAR EL LIBRO ELECTRÓNICO

  15. Victor Regalado
    17 enero 2008 a las 12:54 PM

    Buen dia German, como ya mencioné antes en un comentario a este mismo post, Chamlaty Pérez y Asociados, S.C. es la firma profesional de la cual soy socio, la cual a través de la Asociación Nacional de Fiscalistas (ANAFINET), está promoviendo de igual manera la venta de este libro, por lo que puedes depositar en cualquiera de las cuentas que ahi se señalan.
    Sea en una u otra cuenta, de igual forma ten la absoluta certeza de que te llegará el libro tan pronto se reciba el mail de confirmación de pago, y aunque yo puedo decir misa al respecto, solo ten presente que este libro tiene ya dos semanas a la venta por este medio y que si esto fuera un fraude porque no se enviara el libro, ya hubiera algun comentario de alguien al respecto.
    Saludos y gracias por el comentario.

  16. roberto caamal
    21 enero 2008 a las 9:47 AM

    estimado lic. Victor Regalado.

    adquiri su libro amparo IETU un libro muy completo; pero seria tan amable de aclarecerme en el modelo que se incluye que se busca con la setencia hacer deducible 100% la nomina Y los pagos IMSS-INFONAVIT o que declare inconstitucional la ley del IETU.

    GRACIAS por su comentario siempre puntual.

  17. Victor Regalado
    21 enero 2008 a las 1:13 PM

    Buen día Roberto…Lo que se busque con el amparo eso depende de cada quien, si se pretende pelear la inconstitucionalidad de toda la ley, pues entonces hay que desarrollar los argumentos correspondientes, y si se quiere que nos permitan deducir ciertas erogaciones, pues igual hay que desarrollar los argumentos necesarios para ello. Recuerda que en ese modelo que se incluye en el libro sólo se trató de desarrollar a manera de ejemplo y como una especie de guía, el aspecto relativo a lo que se debe entender por los principios constitucionales, y que en la parte donde ya se deben de desarrollar los argumentos del porqué la Ley viola esos principios en perjuicio de la empresa, sólo se puso una leyenda indicando que en esa parte del recurso es donde habría que efectuar tal desarrollo, ya que esto dependerá de cada quien, según su criterio y circunstancia particular de cada empresa.
    Saludos….Victor Regalado.

  18. Luis
    21 enero 2008 a las 1:38 PM

    Perdón, una pregunta:
    Cuando se enajena un bien el pago del impuesto ietu es del que vende o del que compra? y donde se realiza ese pago?

  19. LIC. FRANCISCO JAVIER PARRAL LEON
    21 enero 2008 a las 1:45 PM

    HOLA BUENAS TARDES!!! ME PUEDE DECIR EN QUE FORMATO VIENE EL LIBRO ELECTRONICO DEL AMPARO DE IETU Y EN CUANTO TIEMPO ME LO ENVIA AL CORREO ELECTRONICO, SALUDOS,

  20. Victor Regalado
    21 enero 2008 a las 2:04 PM

    Buen dia Luis, el impuesto es a cargo del que vende y lo deberá enterar de manera mensual a través de los medios electrónicos autorizados, tal y como se hacen los pagos de ISR e IVA. Es decir, será un impuesto mas a enterar cada mes en conjunto al ISR e IVA utilizando los mismos medios de presentación de estos, aunque de manera adicional se deberá presentar una declaración informativa en donde se desglose el cálculo del impuesto.
    Dentro de mis planes para esta semana está el publicar aqui un artículo justo sobre este tema.
    Saludos….Victor Regalado.

  21. Victor Regalado
    21 enero 2008 a las 2:08 PM

    Buen día Francisco, el archivo del libro está en formato pdf y se envía de inmediato una vez se reciba el mail con la ficha de depósito escaneada o bien se incluya el dato del número de autorización de la operación respectiva.
    Saludos y gracias por el interés…Victor Regalado.

  22. LIC. FRANCISCO JAVIER PARRAL LEON
    21 enero 2008 a las 2:24 PM

    GRACIAS POR RESPONDER A MIS DUDAS, YA HICE EL PAGO Y LE ENVIE LO QUE SE NECESITA PARA QUE ME ENVIE EL LIBRO ELECTRONICO….

  23. Luis
    21 enero 2008 a las 4:36 PM

    Gracias Lic. . Ese impuesto se podra deducir de alguna manera?

  24. Victor Regalado
    21 enero 2008 a las 4:42 PM

    Luis, contra el IETU puedes acreditar el ISR efectivamente pagado en el período, por lo que si es mayor el ISR, entonces no pagas IETU, mientras que si el ISR es menor, entonces pagas como IETU la diferencia entre ambos impuestos.

  25. Luis
    25 enero 2008 a las 10:39 AM

    Gracias Lic. me saco de un apuro.

  26. Héctor Sánchez
    25 enero 2008 a las 1:28 PM

    Lic. Víctor Regalado, lo felicitó por la obra sobre el IETU, el motivo de este corrreo es saber si tambien realizará una obra semejante sobre el IDE (Impuesto a los Depositos en Efectivo).

  27. Ricardo W. Diaz
    30 enero 2008 a las 12:49 PM

    Que tal Lic., oye voy a hacerte una transferencia el dia de hoy, despues de que te envie el correo que solicitas en cuanto tiempo me llega la descarga a mi mail.

  28. Enrique García
    31 enero 2008 a las 12:46 PM

    Buenas Tardes

    El día 30 de enero de 2008, efectúe el depósito en el banco e inmediatamente mande el mail con los datos de autorización, pero aún no me llega el libro.

    Que debo hacer?

  29. Victor Regalado
    31 enero 2008 a las 1:10 PM

    Buenas tardes Enrique, he preguntado con mi asistente que pasó en tu caso y me comenta que hace justo unos momentos entró un correo tuyo donde indicas lo que comentas aqui y que de inmediato se te envió el archivo con el libro, aunque me dice que nunca se recibió el mail anterior.
    Sea lo que haya pasado con tu comunicado anterior, de igual manera te pido una disculpa de manera personal por el atraso en el envío.
    Saludos y gracias…..Victor Regalado.

    PD.- Por favor checa tu bandeja y si a estos momentos aún no has recibido el archivo con el libro, por favor comunicamelo a través de los comentarios a este post, o bien al teléfono de la oficina, el cual es el (01229) 155-07-93.

  30. Victor Regalado
    31 enero 2008 a las 1:17 PM

    A Hector Sánchez…….Ese tema se tratará por allá del mes de Mayo o Junio, cuando ya haya más elementos, porque sin duda habrá más disposiciones de aqui a entonces.
    Saludos…Victor Regalado.

  31. silvia
    31 enero 2008 a las 1:26 PM

    me puedes enviar tu libro?? te doy mi num telefonico es sin costo alguno
    01800 3474634

  32. Javier Hernandez
    4 febrero 2008 a las 11:22 PM

    Son atinados sus comentarios sin duda que hay muchos elementos de inconstitucionalidad del ietu, cual sería el precio del amparo del ietu.

    favo de enviar respuesta ami correo licjavierhernandezv@hotmail.com
    tel (01618) 8130063
    8121836
    cel (01618)8151923

  33. Humberto
    8 febrero 2008 a las 2:02 PM

    Estimado Lic. Victor Regalado

    Le envié un correo hace unos minutos, va incluida la ficha de deposito escaneada, quisiera saber cuanto tardara en llegarme el archivo con el libro. Gracias.

  34. Selene Marin
    11 febrero 2008 a las 2:31 PM

    Buen dia, ya hice el deposite y envie la ficha escaneada del mismo. ME URGE EL LIBRO, por favor envielo lo antes posible. Gracias.

  35. roberto caamal
    12 febrero 2008 a las 12:26 PM

    buen dia Lic.Victor Regalado.

    por que algunos dice que la fecha limite para presentar el amparo contra el inicio de ley que son de treinta dias vence el 12 de febrero y en su pagina dice que es el 13 de febrero.

    agradezco antemano su comentario siempre puntual.

    gracias..

  36. Victor Regalado
    12 febrero 2008 a las 12:48 PM

    Roberto, solo cuenta 30 días hábiles, es decir, no contando los festivos, a partir del 1o de Enero y tendrás tu respuesta.
    Saludos…Victor Regalado.

  37. FERNANDO
    13 febrero 2008 a las 5:25 PM

    envie el recibo de pago
    espero me envien a la brevedad el libro
    por su atencion gracias

    tengo entendido que hy dos momentos ara ampararse
    uno seria los 30 dias a partir de que entroe n vigor la ley.
    y el oro seria una vez hecho el primer pago de dicho impuesto
    es correcto o estoy mal

  38. Victor Regalado
    13 febrero 2008 a las 8:41 PM

    Fernando, el libro fue enviado en su momento, según me informan. En relación a los plazos para ampararse, es correcto lo que mencionas.
    En el siguiente link podrás encontrar un artículo sobre ese tema:

    PLAZOS PARA PRESENTAR EL AMPARO CONTRA EL IETU

    Saludos….Victor Regalado.

  39. FERNANDO
    14 febrero 2008 a las 8:33 PM

    LIC. VICTOR
    HABER SI ENTENDI BIEN, EL SEGUNDO MOMENTO PARA TRAMITAR EL AMPARO ES DESPUES DE HABER REALIZADO LA CONTRIBUCION Y ESTE PLAZO SERA DE 15 DIAS, AHOARA SI MI CONTRIBICUIN ES NEGATIVA ES DECIR EN CEROS, PROCEDE EL MISMO.
    EN MI ESCRITO INICIAL DE DEMANDA DE AMPARO DEBO PRESENTAR EL DOCUMENTO DONDE PAGO POR PIRMERA VEZ DICHO IMPUESTO.
    POR SU ATENCION Y RESPUESTA
    MUCHAS GRACIAS
    SALUDOS
    MI GRATITUD ES UN ESTUDIO DEL IETU MUY COMPLETO

  40. FERNANDO
    14 febrero 2008 a las 9:08 PM

    LIC.
    QUIEN PUEDE DARME EL PERITAJE CONTABLE, Y EN CUANTO SALE MAS O MENOS
    SI EL IETU SALE NEGATIVO, PERO MI CONTADOR DICE QUE ESO ES TEMPORAL POR LAS MISMAS DISPISICIONES Y QUE DENTRO DE 3 O 5 MESES EMPEZARE A PAGAR, LUEGO ENTONCES QUE PROCEDE
    GRACIAS

  41. Victor Regalado
    15 febrero 2008 a las 1:21 AM

    En efecto Fernando, el plazo de los 15 días hábiles para presentar el amparo es a partir de que se presente el primer pago provisional de IETU, sea este con importe a pagar o en ceros, ya que se habrá aplicado la ley con ello al presentarse el pago provisional aunque sea en ceros, debiendo presentarse copia de la declaración presentada en la demanda respectiva.
    En relación a lo del peritaje contable, depende de con que despacho lo veas y del tipo de empresa de que se trate, pero su costo puede fluctuar entre 5-20 mil pesos.
    En lo que respecta a que ahora te sale negativa la base para IETU, pero que en unos pocos meses la situación cambie, esto es probable por el hecho de que el cálculo es acumulativo desde el 1o. de Enero y hasta el mes al que corresponda el pago provisional, por lo que en algún momento los ingresos pueden exceder a las deducciones, o bien, los créditos ser insuficientes para eliminar la base del impuesto.

    Saludos…Victor Regalado.

  42. Hugo
    15 febrero 2008 a las 10:34 AM

    Estimado Contador le acabo de hacer el deposito eléctronico del monto establecido y en un momento más le enviaré el comprobante escaneado.
    Así que le agradeceré me envie el libro en su formato eléctronico.

    Saludos y gracias

    Hugo Farfán C.

  43. Victor Pinedo Ledesma
    16 febrero 2008 a las 1:21 PM

    En el amparo contra el IETU es necesario presentar peritaje contable

  44. FERNANDO
    16 febrero 2008 a las 1:40 PM

    lic. regalado
    mi contador que lleva la contabiliad no puede realizarme ese peritaje contable, o tiene que serun despacho certificado por shcp
    o un cpc, y la verdad no entiendo sobre que versa elpeitaje, es sobre los paples de trabajo del contador

  45. Victor Regalado
    16 febrero 2008 a las 2:59 PM

    El peritaje contable consiste en la opinión y estudio emitida y realizado por una persona capacitada técnicamente para ello, por lo que tiene que ser una persona que tenga cédula profesional emitida por la SEP, es decir, un contador público titulado, por lo que no es necesario que sea certificado o que tenga registro para dictaminar para fines de la SHCP. Por lo tanto, si tu contador que te lleva la contabilidad es titulado y cuenta con cédula profesional, él podría emitir tal peritaje ya que técnicamente está capacitado para hacerlo ya que el IETU se calcula en base a cifras arrojadas por la contabilidad.
    El peritaje se presenta junto al amparo para demostrar la afectación económica que el IETU ocasiona en la empresa, por lo que es necesario efectuar un proyectado del efecto en todo el año 2008, estimando todos los elementos que intervienen en su cálculo (ingresos, erogaciones, créditos).

    Saludos…Victor Regalado.

  46. Victor Pinedo Ledesma
    16 febrero 2008 a las 7:32 PM

    SI EL IETU VIENE A SUBSTITUIR AL ISR Y OTORS IMPUESTOS ENTONCES PORQUE SE SIGUE PAGANDO EL IVA E ISR

    ACASO NO ES UNA DOBLE TRIBUTACION

  47. Victor Pinedo Ledesma
    16 febrero 2008 a las 7:34 PM

    NO ESTAREMOS REGRESANDO A LA EPOCA DEL GENERAL SANTA ANA, AL RATO NOS COBRARAN POR LAS VENTANAS Y MASCOTAS

  48. FERNANDO
    18 febrero 2008 a las 12:28 PM

    LIC. VICTOR
    QUE SUCEDE SI NO PAGO EL DIA DE VENCIMIENTO EL IMPUESTO
    NO SE SI ESTE BIEN PEROSI LO PAGO CON POSTERIORIDAD LO TENDRE QUE HACER CON ACTUALIZACIONES Y RECARGOS Y A PARIR DE ESA FECHA COMENZARAN A CORRER LOS 15 DIAS QUE TENGO PARA LA PRESENTACION DEL AMPARO.
    ESTOY EN LO CORRECTO
    POR SU ATENCION GRACIAS

  49. Victor Regalado
    18 febrero 2008 a las 12:42 PM

    En efecto, si no se paga dentro del plazo previsto, se tendrá que pagar recargos y actualización. Los 15 días empiezan a correr a partir de la fecha en que se presente el primer pago provisional.
    Saludos…Victor Regalado.

  50. Agustin
    18 febrero 2008 a las 4:40 PM

    Que tal licenciado Victor, me gustaria saber si aun puedo comprar el libro de manera electronica y si en este momento te mando depositar hoy mismo puedo tenerlo.

    mi contador piensa pagar el impuesto el dia de hoy 18 de febrero a partir de este dia tengo 15 dias para presentar el amparo.

    se me hace muy elevado el calculo de dicho impuesto siendo que el negocio a arrojado perdidas, por eso quiero checar su obra para promover el amparo.
    gracias por su atencion

  51. Victor Regalado
    18 febrero 2008 a las 4:43 PM

    Buenas tardes Agustin, el libro sigue a la venta en formato electrónico y se te envía inmediatamente una vez se recibe el mail con los datos del depósito.
    Saludos y gracias por el interés…..Victor Regalado.

  52. Agustin
    18 febrero 2008 a las 5:27 PM

    ya te he mandado el numero de autorizacion victor espero la respuesta con el libro muchas gracias.

  53. FERNANDO
    19 febrero 2008 a las 11:16 AM

    LIC. VICTOR
    EN MI ESCRITITO INICIAL DE DEMANDA , LO TENGO QUE ACOMPAÑAR CON COPIA PARA CADA UNA DE LAS AUTORIDADES QUE SE SEÑALAN EN SU EJEMPLO DE AMPARO
    POR SU RESPUESTA GRACIAS

  54. Victor Regalado
    19 febrero 2008 a las 12:01 PM

    En efecto, las copias se calculan en base a las autoridades responsables.

  55. patty ramos
    19 febrero 2008 a las 12:37 PM

    deseo adquirir el libro como puedo hacerlo??

  56. Victor Regalado
    19 febrero 2008 a las 1:40 PM

    Lo puedes adquirir haciendo justo lo que se indica en este post, es decir, depositando a la cuenta que ahi se menciona, enviando el comprobante del pago al mail que ahi se menciona y una vez hecho eso, lo recibirás de inmediato en tu correo electrónico….Para más claridad, te copio lo que se dice al final del post del promo del libro:

    La entrega del libro electrónico será por medio de correo electrónico, por lo que lo tendrás el mismo día en que hayas realizado el depósito a la siguiente cuenta:

    Cuenta # 5784563 Sucursal 0239 de BANAMEX.

    (CLABE para transferencias electrónicas: 0029 0502 3957 8456 34)

    A nombre de Victor Regalado Rodríguez.

    Recuerda que sólo debes depositar $ 150.00 y una vez efectuado el depósito, favor de enviar un mail a la dirección vregalado@hotmail.com acompañando la ficha de depósito escaneada, o bien, indicando en el mismo el número de autorización de operación bancaria que aparece en la ficha de depósito.

    En caso de requerir factura, por favor indica los datos de facturación en el mail, caso en el cual la cantidad total a depositar tendría que ser la de $ 300.00, monto que ya cubriría el envío de la factura por servicio de mensajería.

    Saludos…Victor Regalado.

  57. Maricela Becerril Alvarez
    19 febrero 2008 a las 3:57 PM

    Lic. Le envié hace un momento la ficha de deposito, ¿Cuánto tarda apróximadamente en llegar?

    Sería de mucha ayuda que lo tuviera hoy mismo.

    Saludos

    Maricela Becerril Alvarez

  58. Victor Regalado
    19 febrero 2008 a las 4:05 PM

    Hola Maricela, me informan que ya fue enviado el archivo con el libro. Me dicen que llegó un pedido a nombre de Edison Mateos pero que el mail venía con copia al correo que ahora usas para hacer este comentario, por lo que entonces supongo que te refieres a ese pedido, el cual ya fue contestado al mail de origen, es decir, al de Edison Mateos…..Checalo, por favor.

    Saludos….Victor Regalado.

  59. FERNANDO
    20 febrero 2008 a las 11:42 AM

    LIC. REGALADO
    UNA VEZ HECHO EL PRIMER PAGO DEL IETU, PROCEDO AL AMPARO, QUE SUCEDE SI SIGO PAGANDO DICHO IMPUESTO NO SE SOBRESEE EL AMAPARO POR SER UN ACTO CONSENTIDO.
    ESTO LO DIGO, POR QUE CREO QUE ME CONVENDRIA SIGUER PAGANDO, YA QUE EN EL SUPUESTO ESPERO QUE NO, SE ME NIEGUE EL AMPARO, YA NO TENDRIA QUE PAGAR LOS MESES VENCIDOS CON ACTUALIZACIONES Y RECARGOS POR QUE ESTARIA AL CORRIENTE.
    Y SI SE GANA PODRIA PEDIR LA DEVOLUCION DE MI DIERO A LA AURORIDAD CORRESPONDIENTE O SEA LA SHCP
    ESTOY EN LO CORRECTO LIC.
    POR SU RESPUESTA GRACIAS
    HE LEIDO VARIOS ARTICULOS DE ESPECIALISTAS EN LA MATERIA FISCAL, MUCHOS DE ELLOS LA VERDAD HACEN QUE UNO SE DESANIME, YA QUE VEN MUY POCAS O NULAS LAS POSIBILIDADES DE QUE PROSPERE EL AMPARO, CLARO SEGUN ELLOS
    QUISIERA QUE ME DIERA SU OPINION AL RESPECTO
    GRACIAS

  60. Aoria Sanchez
    20 febrero 2008 a las 1:47 PM

    Les acabe de depositar, por favor chequen el deposito y envien el libro MANUAL DE AMPARO CONTRA EL IETU a mi correo aoriathelion@hotmail.com gracias

  61. Víctor
    20 febrero 2008 a las 1:50 PM

    Hola te acabo de enviar la ficha de depósito escaneada, me puedes enviar de inmediato el manual de amparo vs IETU.

  62. Víctor
    20 febrero 2008 a las 1:51 PM

    olvide decirte que mi correo electrónico es:

    corporativo.jf@hotmail.com

  63. Víctor
    20 febrero 2008 a las 4:50 PM

    Que tal Lic. Víctor, solo quiero preguntarte si a la fecha todavía no se ha presentado el pago del IETU, entonces que sucede con el computo del pllazo de 15 dias. Será contado a partir del dia en que debio haberse presentado el pago o bien si este se presenta extemporáneo contará a partir de la fecha de presentación.

  64. Victor Regalado
    20 febrero 2008 a las 7:08 PM

    Fernando, es conveniente que aunque te ampares sigas efectuando los pagos del IETU por las razones que tu mencionas, ya que el hecho de que lo pagues no por ello se te será sobreseído el recurso.
    Mi opinión es que le veo pocas posibilidades de que se ganen los amparos, quizá donde haya mas posibilidades es en esta 2a instancia, pero el hecho es que veo dificil que la Corte declare en contra del IETU por la razón de que este constituye la estrategia del gobierno para incrementar la recaudación tributaria de manera importante.
    Saludos….Victor Regalado.

  65. Victor Regalado
    20 febrero 2008 a las 7:10 PM

    Tocayo Victor, en efecto, el plazo de los 15 días empezará a computarse a partir de la fecha en que se presente aunque sea extemporáneo.
    En el siguiente link podrás encontrar un artículo sobre ese tema:

    PLAZOS PARA PRESENTAR EL AMPARO CONTRA EL IETU

    Saludos…Victor Regalado.

  66. LIC. MELO
    21 febrero 2008 a las 1:36 PM

    QUE TAL LIC. DISCULPE LA MOLESTIA, PERO ESTOY LEYENDO EN LOS COMENTARIOS QUE UD. MENCIONA QUE EXISTEN MUY POCAS POSIBILIDADES DE QUE LOS AMPAROS SE GANEN, O ENTENDI MAL? DE SER ASI ENTONCES CUAL ES SU RECOMENDACION, Y SI POR EJEMPLO EN EL CASO DE LOS PROFESIONISTAS COMO NOSOTROS LOS ABOGADOS NOS ES UTIL PRESENTAR EL AMPARO AUN Y CUANDO EL IMPUESTO A PAGAR NO SEA MUY SIGNIFICATIVO, PERO QUE AL FIN DE CUENTAS RESULTA BASTANTE PERJUDICIAL, YA QUE SUFICIENTE APORTAMOS CON EL IVA E ISR NO CREE, LE AGRADEZCO DE ANTEMANO LA RESPUESTA YA QUE ESTOY INDECISO EN AMPARARME…

  67. Victor Regalado
    21 febrero 2008 a las 3:39 PM

    Mire, mientras no se presente el amparo y no conozcamos las resoluciones de la Corte, todo lo que se diga sobre si se ganará o no se ganará el amparo, sólo queda recluido al mero ámbito subjetivo de la opinión, por lo que para saber en realidad que pasará hay que tramitar el amparo, por lo mismo considero que si Usted piensa han sido vulneradas sus garantías y puede presentar un amparo….yo diría que lo haga.

    Saludos…..Victor Regalado.

  68. gaby
    22 febrero 2008 a las 9:30 AM

    desde el 20 de febrero de 2008, le envie el recibo de pago, y hasta la fecha no me ha llegado nada, le agradeceria que lo remitiera de manera inmediata ya que es urgente.

  69. Victor Regalado
    22 febrero 2008 a las 10:32 AM

    Gaby, me informan que nunca se recibió ese correo que mencionas, pero hace un momento ya fue remitido el archivo con el libro a tu mail.
    Checa por favor y en caso de que aún no lo hayas recibido, hazmelo saber por aqui o bien al teléfono (01229) 155-07-93……..Victor Regalado.

  70. KARINA
    22 febrero 2008 a las 5:01 PM

    ACABO DE HACER LA TRANSFERENCIA, EN CUANTO TIEMPO ME SERA ENVIADO??
    SALUDOS

  71. KARINA
    22 febrero 2008 a las 5:41 PM

    GRACIAS POR SU PRONTA RESPUESTA
    EL LIBRO YA ME LLEGO

  72. LIC. ELSA NARDONI
    26 febrero 2008 a las 8:13 AM

    Están poniendo un comentario en su página que yo jamás emití. Con eso demuestran que su supuesto libro es un fraude más por internet. Les ruego de la mejor manera quiten ese comentario que ustedes mismos fabricaron haciendo creer que yo deposité una cantidad a su favor para la obtención del libro. De no hacerlo, yo misma me encargaré de subir a la red mis propios comentarios respecto a los cientos de personas que resultaron defraudadas creyendo en ustedes.

  73. Victor Regalado
    26 febrero 2008 a las 12:16 PM

    Sra Nardoni, como Usted comprenderá en internet no es posible verificar la identidad de quien emite un comentario, además de que los nombres y apellidos no son únicos, y seguramente en el mundo hay varias personas que llevan el nombre Elsa Nardoni.
    Yo mismo por ociosidad alguna vez he puesto en el buscador de internet mi nombre y he encontrado a gentes con el nombre Victor Regalado en varios lugares, incluso fuera del país.
    Eso pudo haber pasado si es que Usted no hizo ese comentario ya que nosotros fabricar el comentario, pues simplemente creame que tengo cosas mas importantes que hacer que andar inventando comentarios y sobre todo andar inventando nombres ya que antes de esto, jamás en mi vida habia escuchado el nombre Elsa Nardoni.
    Como el comentario a que Usted hace referencia sólo consiste en una solicitud de número telefónico, se eliminará según su requerimiento, aunque es justo mencionar que ambos mensajes (tanto aquel que dice que Usted no envió, como este último), tienen el mismo mail de origen, por lo que le recomiendo cambiar su contraseña ya que es posible que alguien de su familia, algún empleado o amigo, que conoce la contraseña de su mail puede estar usando su cuenta de correo para fines personales.
    Lo anterior se lo recomiendo porque revisando las bandejas de correo recibido del despacho he encontrado otro mail de Elsa Nardoni pidiendo igualmente informes sobre el libro, ….bueno, en ese correo solicitaba le informaran si yo era realmente socio de Chamlaty Pérez y Asociados, SC, porque en este blog me ostentaba como tal,… el cual también tiene fecha del 7 de Febrero, la misma del comentario que aparece en este blog.
    Sobre los cientos de personas defraudadas al creer en nosotros, no se a que se refiere, por lo que le recuerdo sobre el riesgo de hacer comentarios a la ligera ya que en internet en realidad si es posible ubicar a la persona al otro lado de la línea.
    Que tenga un buen día……Victor Regalado.

  74. Juan Carlos
    26 febrero 2008 a las 2:57 PM

    Agradezco la pronta respuesta para el envio de la informacion(libro), reiterando de manera personal que no es fraude, en lo que a mi respecta, ya que antes de leer el mensaje anterior habia enviado la informacion del deposito y asi mismo me fue reenviada la informacion

    Saludos

  75. fernando
    28 febrero 2008 a las 6:17 PM

    LIC. VICTOR

    LA AUDICENCIA CONSTITUCIONAL E INCIDENTAL QUE MENCIONA EN SU EJEMPLO DE AMPARO, A QUE SE REFIERE ESTAS AUDICENCIAS, Y CUAL ES SU FIN
    POR SU RESPUESTA GRACIAS

  76. lizbeth de laccruz
    2 marzo 2008 a las 11:06 PM

    Hola por este medio quiesiera saber como contactarme con usted para que una vez echo el depósito del libro electrónico se me envie a esta direccion de correo.

  77. LIC. MELO
    4 marzo 2008 a las 1:33 PM

    QUE TAL CABALLERO PRIMERO QUE NADA LE AGRADEZCO LA ATENCION PRESTADA AL COMENTARIO DE SU SERVIDOR, POR OTRO LADO TENGO LA CURIOSIDAD DE SABER, YA QUE PUES TENGO ENTENDIDO QUE UDS. DESDE LAS PRIMERAS FECHAS HAN AMPARADO A MUCHAS PERSONAS CONTRA ESTE IMPUESTO, COMO VAN LOS PROCEDIMIENTOS, LES HAN OTORGADO LOS AMPAROS, Y LES HAN RESUELTO EN DEFINITIVA ALGUNO DE ELLOS?
    GRACIAS …..

  78. Victor Regalado
    4 marzo 2008 a las 3:19 PM

    Los amparos aún no se resuelven….pasará un poco de tiempo antes de eso.

  79. LIC. MELO
    7 marzo 2008 a las 7:26 PM

    BUENO ENTONCES EN TANTO NO SE RESUELVAN LOS AMPAROS , PARA QUE PODAMOS TENER UN ANTECEDENTE, SERIA PRUDENTE AGUARDAR A HACER EL PAGO DEL IETU HASTA Q NO SEPAMOS EN QUE SENTIDO ESTA RESOLVIENDO LA CORTE, NO IMPORTA QUE SE PAGUEN MULTAS Y RECARGOS REALIZANDO EL PAGO EXTEMPORANEO, CON EL FIN DE PODER AMPARARNOS HASTA DENTRO DE LOS 15 DIAS DESPUES DE ESE PRIMER ACTO DE EJECUCION YA CON LA CERTEZA DE SABER O TENER UNA IDEA DE COMO NOS VA A IR EN EL AMPARO, Y PUES TENER MAS TIEMPO YAQUE SEVENCE EL TERMINO EL DIA LUNES, EN CONSECUENCIA LE AGRADECERIAMOS SI CUANDO TENGA CONOCIMIENTO DE QUE YA SE RESOLVIERON ALGUNOS AMPAROS NOSLO HAGA SABER, O EN SU CASO LE AGRADECERIA SU OPINION AL RESPECTO, GRACIAS…

  80. 12 marzo 2008 a las 9:06 PM

    Hola Victor, te comento que hicimos el primer pago del IETU con ISR (credito al salario a favor del año 2007) esto en virtud de que la empresa no cuenta con recursos financieros suficientes debido a la grave inundaciòn ocurrida en noviembre aquì en Villahermosa. Es correcto lo que hicimos, que elementos tenemos para defender nuestra postura ante el SAT y finalmente, si es vàlido usar el pago como prueba del AMPARO. Te agradecerè Cualquier comentario al respecto.

    Felicidades por tu libro y ya comienza a prepararnos el del IDE por que lo vamos a comprar de inmediato.

    SALUDOS

    CAHERO

  81. 12 marzo 2008 a las 9:12 PM

    Hola Victor, hay gran inquitud aquì en Villahermosa por el decreto que emitiò el Ejecutivo en el sentido que se exime la obligación de pagar el IETU de ENERO a JUNIO 2008. Esta situaciòn, segùn algunas voces, coloca a nuestro Estado en una situaciòn diferente que a los demàs, puès el plazo para promover el AMPARO cambia de fecha. Es cierto eso…?

    Te agradecerè cualquier comentario al respecto.

    SALUDOS

    CAHERO

  82. Victor Regalado
    15 marzo 2008 a las 2:14 PM

    Buenas tardes, disculpa no haber contestado antes……..En efecto, el hecho de que el Decreto que mencionas haya eximido de la obligación de efectuar pagos provisionales de IETU por el período Enero a Junio de 2008 a estos contribuyentes, ocasiona el que estos no tengan la obligación legal de aplicar la ley del IETU sino hasta Julio del 2008, por lo que para cuando presenten su primer pago provisional de IETU es cuando aplicarán realmente la ley y por lo mismo, es cuando empezará a contar el plazo para amparase, en su caso.
    Por lo tanto, si no se tiene la obligación de hacer pagos provisionales de IETU por el período Enero a Junio de 2008, entonces porque dices que hiciste un pago en Enero a través de ISR porque no se tenía dinero debido a las inundaciones?
    Saludos…Victor Regalado.

  83. Guadalupe Aguirre
    18 marzo 2008 a las 10:22 AM

    Buen día, quisiera saber si aún puedo ampararme, ya que presente la declaracion del IETU en ceros el 15 de febrero y ya transcurrieron 15 días.

    Gracias por tu atención

  84. Victor Regalado
    18 marzo 2008 a las 9:53 PM

    Buenas noches Guadalupe, lamentablemente en tu caso ya transcurrió el plazo de los 15 días hábiles para poder presentar el amparo……Victor Regalado.

  85. ANA LILIA
    20 marzo 2008 a las 4:32 PM

    hola lic. Victor Regalado
    QUISIERA COMPRAR SU LIBRO PERO POR LOS DÍAS DE SEMANA SANTA NO HE PODIDO DEPOSITAR Y REALMENTE ME URGE, SERÁ POSIBLE SI EL LUNES 24 DE MARZO A PRIMERA HORA LE DEPOSITO Y EN ESE MISMO DÍA ME LO PODRÍA MANDAR. GRACIAS…

  86. Victor Regalado
    20 marzo 2008 a las 4:38 PM

    El libro se envía inmediatamente que se reciben los datos del depósito respectivo, asi que ese mismo día lo tendrás.
    Saludos…..Victor Regalado.

  87. Romeo Ortega
    28 marzo 2008 a las 12:35 PM

    Estimado licenciado Regalado. Adquirí su obra y me ha atraido por completo. Soy abogado y me he dedicado a jicios administrativos y fiscales desde hace tiempo. El modelo de ampar que envió con su manual refiere al caso de cobatir la ley, pero en los casos que empezaré a manejar serán contra la aplicación. Le suplico me haga el favor de enviar un modelo de amparo en contra del impuesto cuando que al quejoso está presentando su declaración apenas. Digame el costo y como la anterior ocasión, le cubriré sus honorarios.

  88. Carmina Hidalgo
    10 abril 2008 a las 10:45 AM

    Hola estoy interesada en el libro del amparo contra el IETU. Que tengo que hacer para adquirirlo?

  89. Victor Regalado
    10 abril 2008 a las 2:43 PM

    Buenas tardes Carmina, para adquirir el libro debes depositar la cantidad de $ 150.00 a la siguiente cuenta:

    Cuenta # 5784563 Sucursal 0239 de BANAMEX.

    (CLABE para transferencias electrónicas: 0029 0502 3957 8456 34)

    A nombre de Victor Regalado Rodríguez.

    Una vez efectuado el depósito, favor de enviar un mail a la dirección vregalado@hotmail.com acompañando la ficha de depósito escaneada, o bien, indicando en el mismo el número de autorización de operación bancaria que aparece en la ficha de depósito.
    Recibido el mail se te enviará en respuesta el archivo con el libro.
    Gracias por tu interes y saludos…Victor Regalado.

  90. Isabel Rodriguez
    22 abril 2008 a las 7:13 AM

    hola buenos dias Maestro solo me queda Felicitarlo por su Gran inteligencia al publicar este libro…

  91. Carlos García
    24 abril 2008 a las 5:07 PM

    Hola Victor me gustaría conocer algunos avances de tú nuevo libro de amparo contra el IDE…. …… Gracias

  92. jaime cabrera
    29 junio 2008 a las 11:11 PM

    Me gustaria tener el libro de amparo contra el IETU y el libro de amparo contra el IDE, por su atención, muchas gracias.

  93. Victor Regalado
    30 junio 2008 a las 10:02 AM

    Jaime, el libro del IETU lo puedes adquirir siguiendo las indicaciones que en este post se dan, pero el del IDE no existe hasta este momento……

  94. berebice
    24 julio 2008 a las 12:57 PM

    Hola victor buen dia me gustaria saber si todavia me sirve el libro ya que se vencio el segundo plazo, y si hay un tercero plazo hasta que fecha
    ya que me interesa el libro pero quiero saber si todavia puedo ampararme
    saludos

  95. Victor Regalado
    25 julio 2008 a las 3:48 PM

    Hola Berenice, por tu pregunta me ha quedado la impresión de que piensas que el libro es el amparo en si mismo, pero no es asi…es sólo un libro que trata el tema de la inconstitucionalidad del IETU y su medio de defensa el amparo, y que trae como anexo un modelo de amparo, el cual solo es una guía que tiene que ser adecuado a las circunstancias particulares de cada quien. Por lo tanto, y desde mi punto de vista, y en respuesta a tu pregunta de si todavia te sirve el libro, te diría que si, porque ahi se tratan diversos aspectos sobre constitucionalidad de las leyes y aspectos básicos de amparo que son aplicables a cualquier ley fiscal.
    Pero si tu buscas en el libro únicamente que contenga el texto del amparo ya listo, sin que te interese el aspecto académico, pues entonces el libro no te sirve ni ahora ni antes.
    En relación a los plazos del amparo contra IETU te sugiero leas el artículo en el siguiente link:

    PLAZOS PARA PRESENTAR EL AMPARO CONTRA EL IETU

    Saludos..Victor Regalado.

  96. adriana perez
    21 agosto 2008 a las 10:05 AM

    a que por cierto ya se efectuo el pago desde el dìa 15 de agosto, seguire esperando con paciencia el libro manual del IETU y recordandole todos los dias que ya se pago y que no he recibido dicho manual, buen dia y muchas gracias

  97. Victor Regalado
    21 agosto 2008 a las 11:07 AM

    Buen dia Adriana, tu correo se recibió el día lunes 18 de Agosto y ese mismo día se te envió el archivo con el libro. Hace un momento se te acaba de volver a enviar el archivo con el libro a tu correo, junto con los antecedentes, es decir, adjuntando el mail anterior, para que veas que no es cuento chino lo que te digo.
    Por favor revisa tu bandeja en un momento más y en caso de que no lo hayas recibido aún, puedes contactarme directamente al teléfono LADA sin costo 01800-830-80-71.
    Saludos…Victor Regalado.

  98. Ofelia
    14 noviembre 2008 a las 4:46 PM

    Hola Lic. Hace un momento envié un correo con la ficha de depósito anexa, quisiera saber como en cuanto tiempo me llegará el libro electrónico.

    Gracias

  99. Victor Regalado
    14 noviembre 2008 a las 4:57 PM

    Hola Ofelia….me dicen que ya te fue enviado hace unos momentos el correo con el libro. Seguramente para cuando recibas esta contestación ya lo tengas.
    Saludos y gracias…..Victor Regalado.

  100. JOSE LUIS
    20 abril 2009 a las 11:47 AM

    todavia puedo adquirir el libro?

    • Victor Regalado
      20 abril 2009 a las 12:45 PM

      Que tal José Luis…..El libro todavia lo puedes adquirir. Sólo sigue las indicaciones que se dan en el post.
      Saludos y gracias….Victor.

  101. JOSE LUIS
    21 abril 2009 a las 10:57 AM

    EL DIA DE HOY EN LA MAÑANA DEPOSITE PARA ADQUIR EL LIBRO EN CUANTO TIEMPO ME LLEGARA GRACIAS

    • Victor Regalado
      21 abril 2009 a las 11:36 AM

      Que tal José Luis…Me indican que ya fue enviado el libro, por lo que seguramente ya lo debes tener para estos momentos, pero en caso de no ser así por favor no dudes en comunicarmelo.
      Saludos y gracias……Victor Regalado.

  102. Beatriz Garcia
    2 julio 2009 a las 12:23 PM

    Contador, aun esta disponible el libro?

    • Victor Regalado
      2 julio 2009 a las 12:27 PM

      Buenas tardes Beatriz…..El libro aún está disponible. Sólo sigue las indicaciones que se dan en el post.
      Saludos y gracias….Victor.

  103. Beatriz García
    6 julio 2009 a las 4:19 PM

    Victor, ya le he depositado hoy por la tarde para que me envíe el libro a mi correo, muchas gracias…Beatriz García

    • Victor Regalado
      7 julio 2009 a las 12:46 AM

      Buenas noches Beatriz……El libro ha sido enviado.
      Saludos y gracias…..Victor Regalado.

  104. 26 septiembre 2009 a las 11:22 AM

    HOLA BUENOS DIAS…….

    QUISIERA SABER SI AUN PUEDO METER UN JUICIO DE AMPARO, SI YA TENGO PRESENTADOS LOS PAGOS PROVISIONALES DEL 2008 Y 2009 Y UNA DECLARACION AUNAL, ES DECIR SI A UN ESTOY DE PROTEGERME CONTRA EL IMPUESTO.

    • Victor Regalado
      28 septiembre 2009 a las 11:13 AM

      Buenos dias Brisa…..Al respecto de los plazos para tramitar el amparo contra el IETU, hay aquí un artículo sobre el tema y al cual te remito:

      PLAZOS PARA PRESENTAR EL AMPARO CONTRA EL IETU

      Saludos…Victor Regalado.

  105. stefani
    18 noviembre 2009 a las 4:37 PM

    HOLA!

    Disculpe la pregunta aun esta dispponible el libro
    manual de amparo contra el ietu

    • Victor Regalado
      19 noviembre 2009 a las 12:53 PM

      Buen dia Stefani….Si, el libro aún está disponible a ese precio y con las condiciones que en el post se señalan. Solo sigue las indicaciones que ahi se indican para adquirirlo.
      Saludos…Victor.

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