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OBLIGACIÓN DE INFORMAR OPERACIONES PAGADAS EN EFECTIVO

Cuando las operaciones se efectúan manejando como medio de pago el efectivo es difícil sino que imposible el que las autoridades fiscales puedan determinar el origen y licitud de tales recursos, por lo que ya en las disposiciones fiscales relativas al Impuesto Sobre la Renta se han establecido obligaciones para los contribuyentes de informar a la autoridad fiscal cuando reciban pagos en efectivo.

 

Esta obligación solo opera para determinados tipos de contribuyentes y cuando el monto de la operación excede de cierta cantidad, es decir, no se tiene la obligación en cada caso en que se reciban pagos en efectivo.

 

Esta obligación de informar a las autoridades fiscales cuando se reciba efectivo es para las siguientes personas:

 

1.- Personas morales, cuando reciban en efectivo préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital, sea en moneda nacional o extranjera, por montos mayores a $ 600,000.00.

 

Cuando esto ocurre, dichas personas tienen la obligación de informar al SAT dentro de los 15 días siguientes a aquel en que se recibieron las cantidades correspondientes, estableciéndose en el artículo 20 fracción XII de la Ley del ISR, que en caso de que no informen estando obligado a ello, entonces tales cantidades se considerarán un ingreso acumulable para fines de ISR para las personas que los recibieron.

 

2.- Personas morales, cuando reciban pagos en efectivo, sea en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto exceda a $ 100,000.00.

 

En este caso, se tiene la obligación de presentar la información al SAT, a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel en que se realice la operación por cuya contraprestación se recibió el pago en efectivo.

 

En caso de que no se informe a la autoridad fiscal de estos pagos en efectivo, el artículo 82 fracción XXXI del Código Fiscal de la Federación establece una multa que fluctúa entre $ 98,157.00 y $ 139,754.00.

 

3.- Instituciones de asistencia o de beneficencia, sociedades o asociaciones civiles que se dediquen a la enseñanza con reconocimiento de validez oficial de estudios por la SEP, sociedades o asociaciones civiles dedicadas a la investigación científica o tecnológica que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Instituciones Científicas y Tecnológicas, sociedades o asociaciones civiles autorizadas para recibir donativos deducibles y dedicadas a la promoción y difusión de la música, artes en general, establecimiento de bibliotecas, apoyo a CONACULTA y conservación del patrimonio de la nación.

 

Estas personas tienen obligación de informar al SAT cuando reciban donativos en efectivo, sea en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto exceda a $ 100,000.00.

 

En este caso, se tiene la obligación de presentar la información al SAT, a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel en que se realice el donativo en efectivo.

 

En caso de que no se informe a la autoridad fiscal de estos donativos en efectivo, el artículo 82 fracción XXXI del Código Fiscal de la Federación establece una multa que fluctúa entre $ 98,157.00 y $ 139,754.00.

 

4.- Personas físicas con actividad empresarial y profesional que tributen en el denominado régimen general, cuando reciban pagos en efectivo, sea en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto exceda a $ 100,000.00.

 

En este caso, se tiene la obligación de presentar la información al SAT, a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel en que se realice la operación por cuya contraprestación se recibió el pago en efectivo.

 

En caso de que no se informe a la autoridad fiscal de estos pagos en efectivo, el artículo 82 fracción XXXI del Código Fiscal de la Federación establece una multa que fluctúa entre $ 98,157.00 y $ 139,754.00.

 

5.- Personas físicas con ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles,  cuando reciban pagos en efectivo, sea en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto exceda a $ 100,000.00.

 

En este caso, se tiene la obligación de presentar la información al SAT, a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel en que se realice la operación por cuya contraprestación se recibió el pago en efectivo.

 

En caso de que no se informe a la autoridad fiscal de estos pagos en efectivo, el artículo 82 fracción XXXI del Código Fiscal de la Federación establece una multa que fluctúa entre $ 98,157.00 y $ 139,754.00.

 

6.- Personas físicas con ingresos por enajenación de bienes, cuando reciban pagos en efectivo, sea en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto exceda a $ 100,000.00.

 

En este caso, se tiene la obligación de presentar la información al SAT, a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel en que se realice la operación por cuya contraprestación se recibió el pago en efectivo.

 

En caso de que no se informe a la autoridad fiscal de estos pagos en efectivo, el artículo 82 fracción XXXI del Código Fiscal de la Federación establece una multa que fluctúa entre $ 98,157.00 y $ 139,754.00.

 

 

PARAÍSOS FISCALES, EL MAYOR FRAUDE DEL MUNDO

evasión fiscalContinuando con el apasionante tema de los paraísos fiscales, Lucy Komisar integrante de la Tax Justice Network, organización que tiene entre sus finalidades el combatir el fraude fiscal internacional, realizó una conferencia en la que abordó el tema del origen de los paraísos fiscales y de las razones del porqué no se han podido eliminar, por lo que al considerarlo de interés en vista de los 2 post anteriores que tratan este tema, a continuación se presenta extractos de dicha conferencia:   

“El timo de los paraísos fiscales es el mayor chanchullo del mundo. Está dirigido por los bancos internacionales con la cooperación de los poderes financieros del mundo en beneficio de las corporaciones y de los mega-ricos…La mayoría de los americanos, activistas progresistas inclusive, no conocen lo que voy a decirles. Lo cual forma parte del problema.

“Los paraísos fiscales, también conocidos como centros financieros offshore, son lugares que operan con cuentas bancarias secretas y empresas tapadera que ocultan los nombres de los propietarios reales a las autoridades fiscales y los sustraen al cumplimiento de la ley. Utilizan propietarios nominales, testaferros. Algunas veces son las empresas constituidas en plazas offshore las que establecen la empresa tapadera. Otras veces son los bancos quienes lo hacen.

Frecuentemente alguien puede utilizar una sociedad tapadera en una jurisdicción, que posee una tapadera en otra jurisdicción, que tiene una cuenta bancaria en una tercera jurisdicción. Esto se llama “layering” (derivar a partir de una raíz común). Nadie puede seguir las pruebas documentales.

“Es en las plazas offshore donde se blanquea la mayor parte del dinero procedente del tráfico mundial de drogas, que se estima en 500.000 millones de dólares al año. Quizás otros 500.000 millones de dólares proceden del fraude y la corrupción.

“Estas cifras concuerdan con los cálculos [Fondo Monetario Internacional] según los cuales se blanquean anualmente alrededor de 1,5 billones de dólares de dinero ilícito, lo que equivale de un dos a un cinco por ciento del producto económico global.

“Wall Street quiere este dinero. Los mercados sufrirían, e incluso se verían mermados sin este dinero en efectivo. Esta es la razón por la cual Robert Rubin, siendo Secretario del Tesoro tenía como política, según me contó Joseph Stiglitz, no hacer nada para frenar el libre flujo del dinero en los USA. No estaba interesado en parar el blanqueo de dinero porque los fondos blanqueados acaban en Wall Street, quizás en Goldman Sachs donde había trabajado, o en Citibank, donde podría ser que trabajase.

“Las tentativas de encontrar fondos blanqueados normalmente acaban en un deprimente fracaso. Según la Interpol, se han incautado 300.000 millones de dólares de dinero sucio en 20 años de lucha contra el blanqueo de dinero – más o menos la cantidad que se blanquea en tres días.

El otro principal objetivo de los centros offshore es la evasión de impuestos, estimada en otros 500.000 millones de dólares anuales.

Esta es la forma que las corporaciones y los ricos han elegido para quedar fuera del sistema fiscal.

“Tienen mecanismos sofisticados. Hay la transferencia de precios. Una empresa establece una empresa comercial offshore, le vende sus productos por debajo del precio de mercado, la empresa comercial los vende a precio de mercado, el beneficio se hace offshore, no donde realmente se ha generado.

“Dos profesores americanos, utilizando datos de aduanas, examinaron el impacto de las importaciones sobrevaloradas y de las exportaciones infravaloradas en 2001. ¡Usted estaría comprando cubos de plástico de la República Checa a 973 dólares cada uno, tejidos de la China a 1.874 dólares la libra, un mantel de algodón de Pakistán por 154 dólares y pinzas de Japón a 4,9 dólares cada una!

“Las empresas US, al menos sobre el papel, estarían obteniendo muy poco de sus productos exportados. Si usted estuviera metido en negocios, vendería neumáticos de autobuses y camiones a Gran Bretaña a 11,74 dólares cada uno, monitores de vídeo de color a Pakistán por 21,90 dólares y edificios prefabricados a Trinidad por 1,20 dólares la unidad.

“Comparando los supuestos precios de importación y exportación con los precios reales mundiales, los profesores evaluaron en 53.100 millones de dólares las pérdidas fiscales de EEUU en 2001.

“Las empresas establecen también subsidiarias en paraísos fiscales para “poseer” logos o propiedad intelectual. Como hace Microsoft en Irlanda, transfiriendo software fabricado en América con el trabajo americano, a Irlanda, con lo que Microsoft puede pagar los impuestos allí (a un 11%) en vez de aquí (a un 35%). ¿Por qué Irlanda obtiene el beneficio del software creado en América? Es legal. Hay que cambiar las leyes.

“Cuando los logos están offshore, la empresa paga regalías para utilizar el logo y deduce esta cantidad como gastos. Pero los pagos no están sujetos a impuestos o solo mínimamente en los centros offshore donde han sido trasladados…. Cuando Cheney dirigía Halliburton, su número de subsidiarias offshore aumentó de 9 a 44 por lo menos.

“La mitad del comercio mundial tiene lugar entre distintas partes de las mismas corporaciones. Los expertos consideran que la mitad de los flujos mundiales de capitales fluyen a través de centros offshore. Los totales mantenidos offshore comprenden un 31 % de los beneficios netos de las multinacionales de EEUU.

“El conjunto de los chanchullos fiscales es la razón por la cual entre 1989 y 1995, aproximadamente dos tercios de las multinacionales americanas y extranjeras que operan en EEUU, con activos de cómo mínimo 250 millones de dólares, o ventas de cómo mínimo 50 millones de dólares, no pagaron ningún impuesto sobre la renta de sociedades en EEUU.

“En 1996-2000 los beneficios de Goodyear fueron de 442 millones de dólares, pero no pagó impuestos y obtuvo una devolución de 23 millones de dólares. Colgate-Palmolive hizo 1.600 millones de dólares y le fueron devueltos 21 millones de dólares. Texaco, Chevron, PepsiCo, Pfizer, J.P. Morgan, MC I Worldcom, General Motors, Phillips Petroleum and Northrop Grumman están entre las sociedades que obtuvieron devoluciones en 1998. Microsoft declaró 12.300 millones de dólares en 1999 y pagó cero de impuestos federales. (En dos años recientes Microsoft pagó solamente 1,8 por ciento de unos beneficios antes de impuestos de 21.900 millones de dólares).

“Durante los años 50 las corporaciones de EEUU representaban el 28% de los ingresos federales. Actualmente, las corporaciones representan tan solo el 11 por ciento de ellos.

“Estos impuestos impagados pueden comprar a una gran cantidad de políticos y de poder. Cuando Nixon necesitó dinero para pagar a los ladrones del Watergate lo obtuvo de las cuentas bancarias offshore de algunas corporaciones.

“El sistema ha dado a los grandes bancos y corporaciones y a los super ricos, montañas de dinero escondido que utilizan para controlar a nuestros sistemas políticos.”

LIECHTENSTEIN, PARAISO FISCAL

26 febrero 2008 2 comentarios

Liechtenstein

Si derivado del post anterior hay aún alguien por ahi interesado en hacer unas inversiones en algún banco de Liechtenstein, pues a continuación les proporciono algo de información sobre tal país, para que se tenga una idea más certera de porqué es considerado un paraíso fiscal: 

El Principado de Liechtenstein  es un país en Europa Central, uno de los más pequeños del mundo, sin acceso al mar, que está rodeado al oeste por Suiza y al este por Austria, países también sin salida marítima. Es conocido por ser un paraíso fiscal.

El país tiene una unión económica con Suiza y usa el franco suizo como moneda nacional.A pesar de su pequeño tamaño y sus recursos naturales limitados, Liechtenstein ha desarrollado una economía próspera, altamente industrializada de libre mercado con un sector de servicios financieros importantísimo y una forma de vida a la par de las áreas urbanas de sus vecinos europeos más grandes.

Los bajos impuestos de los negocios, con un máximo de un 18% y unas leyes de incorporación al comercio muy permisivas han llevado a aproximadamente 73.700 compañías a establecer oficinas nominales en Liechtenstein, lo que supone el 30% de los ingresos estatales.

Es el único país del mundo que tiene prácticamente el doble de empresas que de habitantes. Las compañías extranjeras pueden operar casi libres de impuesto: sólo el 0,1%. Una ley de fondos en fideicomiso, también única, permite la formación de estructuras que son una mezcla de sociedades de responsabilidad limitadas y de fondos, se registran en uno o dos días con un coste de 350 francos suizos.  

En este pequeño país los bancos no están obligados a informar a las autoridades de quiénes son los titulares de sus cuentas. Este factor está desviando inversiones que antes iban a Suiza.  

Situado entre Suiza y Austria, el último principado independiente de la monarquía austrohúngara, tiene una superficie de 160 km2 y una población de 37.000 personas. La capital Vaduz tiene menos de 6.000 habitantes. Hablan alemán y son católicos en un 90%. Gobierno: monarquía constitucional. 

Príncipe Hans-Adam II, jefe de Estado, desde noviembre de 1989. Tiene un Gobierno de opereta siempre bajo la amenaza de que el Príncipe se marche con sus caudales y deje el país en la ruina. Es miembro del Consejo de Europa, mantiene una unión aduanera y monetaria con Suiza, que lo representa en el exterior.  

Su Fiesta nacional es el 14 de febrero.  El origen de ese peculiar “país” fue cuando el príncipe Johann Adam de Liechtenstein compró la señoría de Schellenberg y el condado de Vaduz y en 1719 el emperador Carlos VI de Alemania convirtió en “principado del Imperio”, con el nombre de Liechtenstein, a los dos señoríos de Vaduz y Schellenberg, para su fiel servidor Anton Florian de Liechtenstein. 

En 1806 Liechtenstein fue incluido por Napoleón en la Confederación Renana, una liga de 16 estados pertenecientes al Imperio Alemán. Napoleón les garantizó la independencia estatal y éstos lo reconocieron como protector. Fue así como Liechtenstein adquirió también su soberanía. En el Congreso de Viena de 1815, el principado ingresó en la Confederación Germánica hasta que su disolución, en 1866, dio lugar a la ruptura de los últimos vínculos jurídicos con Alemania. 

Liechtenstein carece, desde 1868, de fuerza militar. Entre 1852 y 1919 (fin de la Primera Guerra Mundial) existió un convenio aduanero entre el principado y la doble monarquía austro-húngara.  

Las elecciones parlamentarias de marzo de 2005 contaron con un alto porcentaje de sufragantes (87%). En las mismas, el “ganador” fue el Partido de los Ciudadanos Progresistas (FBP) que conquistó el 48,7% de los votos, seguido por la Unión Patriótica (VU) con el 38,2 %. Los ecologistas de la Lista Libre (FL) alcanzaron el 13%. 

La economía del principado está estrechamente relacionada con la de Suiza, habiendo desaparecido los controles aduaneros en la frontera de ambos países. La banca y los servicios financieros son la industria principal del principado, con un producto nacional bruto por habitante (en la última década del siglo pasado) de 35 mil dólares anuales, uno de los más altos del mundo.
 

La combinación de un bajo nivel impositivo con la facilidad de procedimientos y una buena protección de la confidencialidad bancaria hicieron de Liechtenstein un controvertido paraíso fiscal, que en la última década del siglo pasado se vio envuelto en un escándalo de blanqueo de capitales. Tras revelarse en 2000 un informe reservado de los servicios secretos alemanes (BND) que señalaba a Liechtenstein como el más importante centro de lavado de dinero en Europa y uno de los más importantes del mundo, el Grupo de Acción Financiera Internacional sobre Blanqueo de Dinero (GAFI) incluyó al principado en una lista de paraísos para operaciones ilegales de dinero.  

Pero unas oportunas modificaciones formales en su legislación fiscal les permitió desaparecer de la lista negra del GAFI. A pesar de esto, tan solo en los primeros siete meses de ese año, Liechtenstein recibió 107 solicitudes de cooperación judicial de países extranjeros en materias relacionadas con la delincuencia económica o financiera, debido a las facilidades de procedimiento que aportaba la nueva legislación de ayuda judicial internacional. La justicia del principado se basó en esas normas para cumplir, por primera vez, una sentencia judicial procedente del comercio ilegal de drogas. No obstante las nuevas normas de control, los vecinos europeos de Liechtenstein y las organizaciones internacionales han estado ejerciendo presión sobre las tierras del príncipe Hans-Adam para que modifique aún más la legislación que, según éstos, todavía permite el blanqueo de dinero y la evasión fiscal. 

Los banqueros -entre ellos el propio príncipe, titular del LGT Bank, el mayor de Liechtenstein- dicen que una reforma bancaria más amplia de la que ya se ha llevado a cabo pondría en peligro gran parte de los 70.300 millones de dólares que se gestionan en el principado.  

El monarca no controla el gobierno electo ni el cumplimiento de la regulación, por lo que ha amenazado con marcharse a Viena y trasladar los activos de su familia al extranjero, en caso de que los cambios en materia fiscal exigidos desde el exterior amenacen sus negocios.  

Un referéndum, realizado en marzo de 2003, otorgó nuevos poderes políticos al príncipe Hans-Adam. En agosto de 2003, este auténtico Capo pero admitido en la jet mundial por los favores y servicios que les presta, anunció que entregaría el poder a su hijo, el príncipe Alois, aunque continuaría ejerciendo como jefe de Estado. En agosto de 2004, Hans-Adam II transfirió formalmente el poder al príncipe Alois. Adam II, según lo previsto, continuó ejerciendo como jefe de Estado. Alois, el mayor de los cuatro hijos de Adam II, cursó estudios en la academia militar Sandhurst del Reino Unido. En 2003, el Consejo de Europa criticó a Liechtenstein por las enmiendas constitucionales que incrementaron los poderes de la familia real. Las mismas otorgaron el veto a nuevas leyes y el poder de dimitir a gobernantes por la sola voluntad del monarca. Alois, quien apoyó a su padre en esas instancias constitucionales, declaró que Liechtenstein podría abandonar el Consejo de Europa si ese organismo pretendiera monitorear la democracia en su país.

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