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LO QUE NO PODREMOS COMPRAR CON EL AUMENTO DE IMPUESTOS PARA 2008

9 diciembre 2007 1 Comentario

Como ya se señaló en el post anterior, la carga fiscal de los profesionistas, y en general de los contribuyentes, se eleva para el año 2008 por lo que es necesario tomar previsiones de índole financiera, sobre todo en este mes de Diciembre donde la costumbre y los medios de comunicación  nos empujan a realizar una serie de gastos extraordinarios, entre cenas, fiestas, regalos, visitas, etc. etc.

Como parte de esa previsión financiera que es recomendable efectuar para poder pagar debidamente nuestros impuestos para el 2008, pues nos encontramos con que ahora en éste mes es altamente recomendable el reprimirnos de comprarle a nuestra esposa, novia, amiga, amante o lo que sea,  un bikini de estos que nos muestran en la revista Sports Illustrated:

  

bikini más caro

Lo anterior porque este bikini ”nomás” cuesta 30 millones de dólares, ya que fue confeccionado con 150 diamantes de la más alta calidad puestos sobre platino (el metal más fino). Así que mejor comprenles algo más barato y guardense esas monedas para completarse para el pago de impuestos para el 2008.

Lástima!!……porque si está bien bonito el modelito……no?………..Me refiero al modelito del bikini por supuesto!! 

Ni modo mi amor!!…..Yo en verdad quería comprartelo!!!……..Pero Hacienda está canija para el 2008 y hay que ahorrar!!..

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REPERCUSION DE LA REFORMA FISCAL 2008 EN PROFESIONISTAS

8 diciembre 2007 33 comentarios

mayor pago de impuestosComo parte de la reforma fiscal para el 2008, sabemos que entrará en vigor un nuevo impuesto, el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), y que a éste impuesto estarán sujetos no sólo las personas que realicen una actividad empresarial, sino que también serán sujetas aquellas que presten servicios, entre ellos, los personales independientes. 

Por lo tanto, la carga fiscal de todos aquellos profesionistas que prestan servicios de manera independiente, se verá incrementada para el 2008 en virtud de éste impuesto, pero además igualmente se incrementará en razón de la reforma que en materia de ISR se dio a la mecánica de cálculo de éste último impuesto.

En efecto, como sabemos, a partir del 2008 desaparece la tarifa del subsidio al ISR como tal, para formar parte integral de la tarifa de cálculo del ISR. Es decir, a partir del 2008 ya no tendremos dos tarifas para calcular el ISR de la persona, sino que sólo habrá una en la que ya estará incluido el subsidio, pero considerando un subsidio acreditable del 86%. 

En el caso de los profesionistas, dicho subsidio se aplica hasta éste año al 100%,  por lo que para el 2008 se aplicará un porcentaje menor de subsidio acreditable, el ya mencionado 86% que se incluye en la tarifa de cálculo del ISR, por lo que el efecto inmediato y obvio es que se generará un mayor ISR a cargo de las personas físicas.

Pero el asunto de éste incremento en el pago de impuestos que se tendrá para el 2008 es que éste aumento será mayor en aquellas personas que perciben menores ingresos, mientras que el efecto será mínimo en nivel de ingresos mayores, lo cual evidentemente que no está acorde con la denominación que se le dio a la propuesta de reforma fiscal para el 2008, la REFORMA HACENDARIA POR LOS QUE MENOS TIENEN, ya que justamente a los que menos tienen, a los que tienen menores ingresos, es a los que les pega mayormente la reforma fiscal en materia de ISR y la implementación del nuevo IETU.

Veamos cual es la carga fiscal de un profesionista hasta este año 2007, según distintos montos base de ISR, es decir considerando las cantidades que ya resultan de restar a los ingresos las deducciones autorizadas.  

BASE DE TARIFA

ISR % DE IMPUESTO
     
4,000 183.00 4.58%
6,000 345.00 5.75%
8,000 539.00 6.74%
10,000 810.00 8.10%
20,000 2,482.00 12.41%
30,000 4,420.00 14.73%
40,000 6,990.00 17.48%
50,000 9,790.00 19.58%
70,000 15,390.00 21.99%
100,000 23,790.00 23.79%

Como observamos, una persona que tiene una utilidad base para ISR de $ 4,000.00 mensuales, paga un ISR por $ 183.00, lo cual representa el 4.58% de tal base, y así se va incrementando el monto de impuesto hasta que ya en un nivel de $ 50,000.00 al mes, la carga fiscal es de aproximadamente el 20% de dicho monto.

Bajo los mismos supuestos de montos base de impuestos, ahora veamos como se incrementa la carga fiscal para el 2008:     

BASE DE TARIFA

ISR IETU TOTAL DIFERENCIA % DE IMPUESTO DIFERENCIA PORCENTUAL
             
4,000 234.00 660.00 660.00 477.00 16.50% 260.66%
6,000 442.00 990.00 990.00 645.00 16.50% 186.96%
8,000 690.00 1,320.00 1,320.00 781.00 16.50% 144.90%
10,000 1,037.00 1,650.00 1,650.00 840.00 16.50% 103.70%
20,000 3,025.00 3,300.00 3,300.00 818.00 16.50% 32.96%
30,000 5,204.00 4,950.00 5,204.00 794.00 17.35% 17.74%
40,000 7,839.00 6,600.00 7,839.00 849.00 19.60% 12.15%
50,000 10,639.00 8,250.00 10,639.00 849.00 21.28% 8.67%
70,000 16,239.00 11,550.00 16,239.00 849.00 23.20% 5.52%
100,000 24,639.00 16,500.00 24,639.00 849.00 24.64% 3.57%

Como es posible observar, ahora una persona con una base de impuestos de $ 4,000.00 pagará en total la cantidad de $ 660.00 ($ 234.00 de ISR y $ 426.00 de IETU), lo cual comparado con los $ 183.00 que paga hasta éste año, representa un incremento del 260.66%, es decir, se presenta un aumento de más del triple en relación a lo que venía pagando. 

Conforme la base es mayor el incremento en carga fiscal va disminuyendo, pero como podemos ver, todavía en un rango de $ 10,000.00 al mes como base de impuesto, la carga fiscal se duplica para el 2008, mientras que el incremento de carga fiscal disminuye conforme la base del impuesto es mayor….En un nivel de $ 30,000.00 el incremento es del 17.74% y ya en montos de $ 100,000.00 y mayores el aumento es de alrededor un 3%.

Esta situación se presenta por la misma mecánica de determinación del IETU en el que se acredita el ISR pagado, pero ya que la tasa de IETU es del 16.5% para el 2008, entonces siempre que la tasa de ISR sea inferior a la del IETU nos encontraremos con que la tasa mínima de contribución será justamente la del IETU (la del 16.5%). 

Por ello observamos que a niveles de entre $ 4,000.00 y hasta $ 20,000.00 al mes de base de impuesto, a partir del 2008 se deberá pagar el 16.5% del monto base de impuesto, cuando hasta éste año el porcentaje de tributación para esos rangos de base impositiva, se encontraba entre el 4.58% y el 12.41%, según observamos en el primer cuadro.

INCONSTITUCIONALIDAD DEL IETU

5 diciembre 2007 57 comentarios

amparo contra IETUPrácticamente en cada año es posible encontrar un aspecto polémico  o controversial dentro de la reforma fiscal aprobada, el cual ocasiona el que los contribuyentes acudan al amparo en contra de tales disposiciones al considerar que se violan los principios constitucionales al que deben sujetarse las contribuciones en general. 

Para la reforma fiscal del 2008 ese punto controversial y polémico lo constituye el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) el cual se erige como un nuevo impuesto a través del cual se pretende elevar la recaudación tributaria en nuestro país, pero que sin embargo contempla diversas situaciones que podríamos considerar contrarias a los principios de equidad y proporcionalidad que establece el artículo 31 fracción IV de nuestra Constitución.  

PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD 

Este principio se violenta, entre otros,  en los siguientes casos: 

1.- Al establecerse que se consideran todos los ingresos que se cobren pero no todas las erogaciones que se paguen, se tiene como resultado que se tenga que pagar el IETU sobre una base irreal la cual no es representativa de la capacidad económica del contribuyente. 

2.- Al no permitirse incluir en el crédito respectivo los activos adquiridos antes de 1998, como los edificios que se deprecian a 20 años. 

3.- Doble tributación en operaciones a crédito que se realizan en un ejercicio y se cobran en otro posterior, ya que entonces se causará el ISR en uno y el IETU al cobrarse en el ejercicio siguiente, sin posibilidad de acreditar el ISR contra el IETU ya que son ejercicios diferentes.

PRINCIPIO DE EQUIDAD 

Este principio se violenta, entre otros,  en los siguientes casos:

1.- Al no permitirse la deducción de los inventarios que se tengan al 31 de Diciembre de 2007 y que se paguen en el 2008, ocasiona una situación de inequidad respecto a contribuyentes que adquieran sus inventarios en el 2008 y si deduzcan su costo. 

2.- Al permitir deducir las inversiones adquiridas en el período Septiembre a Diciembre de 2007, pero no la de aquellas adquiridas antes del 1º de Septiembre de 2007. 

3.- Al no considerar como objeto de la Ley el pago de regalías entre partes relacionadas, pero si considerar como tal  a las regalías entre partes independientes. 

4.- Al establecer que se deberá acumular para IETU el valor de las ventas de exportación si después de 12 meses no se cobran, mientras que para operaciones de venta en territorio nacional, sólo se acumulará lo efectivamente cobrado, por lo que no se acumulará lo que no se cobre, sin importar cuanto tiempo pase sin cobrarse.  

Sobre esto se debe considerar lo siguiente: 

a) El juicio de amparo indirecto es el  medio de defensa idóneo para combatir las posibles inconstitucionalidades que trae aparejadas el nuevo tributo.   

b) La Ley de Amparo permite combatir una nueva ley (como el IETU) tan solo por el simple inicio de su vigencia, siempre que el amparo se presente  dentro de los 30 días hábiles siguientes y sin la necesidad que exista acto de aplicación especifico de la nueva ley en contra del contribuyente. 

c) Igualmente, la demanda de amparo se puede presentar dentro de los 15 días siguientes al primer acto de aplicación de la nueva ley. 

En caso de estar interesado en la presentación del amparo respectivo, no dude en contactar a la firma de Abogados y Consultores Fiscales, Chamlaty Pérez y Asociados, S.C. al siguiente correo electrónico: amparoietu@chamlatyperez.com 

En donde con gusto le atenderemos con el esquema más apropiado a su situación en particular para que presente este medio de defensa.  

Recuerde que ampararse no tiene porque ser tan costoso¡¡¡¡¡ 

¡COMUNIQUESE CON NOSOTROS AL SIGUIENTE MAIL COMO PRIMER CONTACTO Y CON GUSTO LE DAREMOS MAS DETALLES. !

 amparoietu@chamlatyperez.com    

REFORMA FISCAL……BONITA O FEA?

Revisando algunos archivos me encontré algo que vi por ahi hace algunos meses en una publicación digital, de la cual desgraciadamente no anoté ni recuerdo su nombre para mencionarla ahora, pero que reproduzco a continuación ya que trata acerca de la subjetividad de las cosas, de como lo que es bueno para unos es malo para otros.

 

 REFORMA FISCAL BONITA           REFORMA FISCAL FEA

REFORMA FISCAL QUE                                REFORMA FISCAL QUE

VEN LOS QUE SE GASTAN                            VEN LOS QUE PAGAN

LOS IMPUESTOS                                                LOS IMPUESTOS

 

No cabe duda de que todo es relativo…….y Usted como ve la reforma fiscal 2008?.

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ANALISIS DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO (3a. PARTE)

30 noviembre 2007 13 comentarios

 depósitos en efectivo

Para concluir con esta serie de artículos donde se analizan las disposiciones de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), independientemente de que más adelante lo hagamos nuevamente ya sobre casos específicos, en ésta última parte abordo lo relativo a la determinación del impuesto, quienes estan exentos del impuesto y las distorsiones que se presentan en el cálculo de éste impuesto.

Se presentan ejemplos donde se demuestra que personas que reciban cantidades por conceptos no objeto de la Ley del ISR o que se encuentren exentos por la misma, serán causantes de éste impuesto y que, por lo tanto, éste nuevo ordenamiento legal representa un verdadero medio para eliminar las exenciones de la Ley del ISR o gravar doblemente cantidades que ya pagaron el ISR respectivo.

Esperemos que de aqui a Julio del 2008, que es la fecha en la que entrará en vigor este nuevo impuesto, se corrijan estas distorsiones que contiene actualmente la Ley.

Puedes ver el contenido de éste artículo en el siguiente link:

Análisis del IDE (3a. Parte)

      

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LAS ALTERNATIVAS PARA INCREMENTAR LA RECAUDACION TRIBUTARIA (3a. PARTE)

Pero además de las vías para incrementar la recaudación que ya hemos comentado, sucede que los recursos con que cuenta el SAT por la recaudación se ven mermados de manera adicional al costo de la misma, por la gran cantidad de juicios que pierde, las devoluciones de impuestos que realiza y por los créditos fiscales que no ha logrado cobrar por diversas causas, entre ellas la falta de localización de algunos contribuyentes.

JUICIOS FISCALES

Según cifras del Informe sobre las finanzas públicas al mes de Junio de 2007, presentado por la SHCP, durante el período Enero-Junio de 2007 la dependencia se vió envuelta en 32,714 juicios con los contribuyentes, de los cuales ganó 13,663 y perdió 19,051, es decir, perdió el 58% de los juicios.

El perder juicios para la SHCP implica el dejar de percibir impuestos o devolver los ya cobrados, por lo que ésta situación es algo que debe revertirse ya que la recaudación se ve mermada de manera importante. El monto de los recursos fiscales cuyo cobro depende de una resolución o sentencia de la autoridad competente porque se encuentran en litigio, implicaban al mes de Junio de 2007, la cantidad de 35,148.6 millones de pesos.

Este elevado número de juicios perdidos ha sido una constante a lo largo de los años y se deriva de la gran cantidad de disposiciones confusas e inconstitucionales que se contienen en las leyes fiscales que hace que el contribuyente gane la mayoría de los juicios que entabla en contra de la autoridad fiscal, por lo que es necesario eliminar de las disposiciones fiscales todas aquellas que no estén acorde con los principios constitucionales, ya que de ésta manera se cerraría una gran vía por la que se escapan los recursos recaudados.

CREDITOS FISCALES 

Asimismo, de acuerdo a dicho informe, hasta el mes de Septiembre pasado el total de los recursos clasificados como créditos fiscales debido a las dificultades para cobrarlos, ascendía a 572,527.5 millones de pesos, cantidad que adeudaba un total de 2 millones 024 mil 714 causantes, quienes representaban el 8.94% de los 22.6 millones de contribuyentes activos registrados. Esto significa que prácticamente 9 de cada 100 personas, físicas o morales, optan por diversos mecanismos antes que cubrir sus obligaciones: recurren a los tribunales a inconformarse por el cobro de impuestos, definitivamente eluden su pago, se les busca por cambio de domicilio, su adeudo con el fisco se encuentra en proceso de notificación, son coaccionados para cubrir sus obligaciones mediante proceso administrativo o las están pagando en parcialidades.

LA ESTRATEGIA RECAUDATORIA PARA 2008

Como es posible observar, existen varias maneras de lograr el monto de recaudación tributaria adicional anual que requiere el país, pero es evidente, tal y como ya lo mencionamos,  que dicha meta no podrá alcanzarse mediante una sola vía, sino que será necesario implementar varias medidas para lograrlo, aunque todo ello será a largo plazo.

No obstante lo anterior, para incrementar la recaudación tributaria para el 2008, se opta por la vía de establecer nuevos impuestos.

De esta manera fue aprobada la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), que gravará con un 2% a los depósitos bancarios en efectivo de más de 25,000 pesos que realicen las personas físicas y morales en moneda nacional o extranjera, en cualquier tipo de cuenta a su nombre, en las instituciones del sistema financiero nacional, no considerándose depósitos en efectivo los que se efectúen a favor de personas físicas o morales mediante transferencias electrónicas, traspasos de cuenta, títulos de crédito o cualquier otro documento o sistema pactado con instituciones del sistema financiero en los términos de las leyes aplicables, aun cuando sean a cargo de la misma institución que lo reciba.

Las instituciones del sistema financiero tendrán como obligación recaudar el impuesto el último día del mes respectivo; lo harán en efectivo, indistintamente de cualquiera de las cuentas que tenga abiertas el contribuyente.

Igualmente se aprobó la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), que será aplicado a las personas físicas y morales de acuerdo con los ingresos que obtengan, independientemente del lugar en que éstos se generen.

Este gravamen se determinará aplicando una tasa a la diferencia entre ingresos de las empresas y gastos en bienes intermedios, con tasas del 16.5% en el 2008, 17% en el 2009 y del 17.5% a partir del 2010.

También se aprobó un polémico aumento escalonado a la gasolina, que algunos legisladores creen impactará en la inflación y en el bolsillo de los mexicanos. El incremento al precio por litro de gasolina y diesel será de 2 centavos a la Magna, 2.44 centavos a la Premium y 1.66 centavos al diesel, mensualmente.

Es decir, entre Enero de 2008 y Junio de 2009 esos combustibles habrán aumentado su precio en 36 centavos por litro de gasolina Magna, 43.92 centavos de Premium y 29.88 de diesel. Así, al final de la aplicación del gravamen, por cada tanque de gasolina Magna de 40 litros un consumidor pagará ocho pesos más, mientras que en el caso de la Premium, 9.76.

Se establece una reducción de 30,000 millones de pesos, a partir del 2008, en los impuestos que paga la petrolera estatal PEMEX, para permitirle invertir más en exploración y extracción en momentos en que la producción está en declive.

De ésta forma, se aprobó la reforma a la Ley Federal de Derechos en Materia de Hidrocarburos, con lo cual se pretende un ajuste a la baja de la tasa del Derecho Ordinario sobre la Extracción de Petróleo, que actualmente es de 79%, para reducirla a 74% en 2008 y aplicar un descuento anual de medio punto porcentual de 2009 a 2011, con objeto de llegar en 2012 a una tasa de 71.5% definitiva.

Los recursos que se obtengan de este nuevo régimen fiscal para PEMEX “deberán destinarse a la inversión y de ninguna manera a gasto corriente”. A su vez, la paraestatal estará obligada a realizar un esfuerzo especial para alcanzar la eficiencia en sus operaciones e inversiones, disminuyendo costos y mejorando resultados, así como profundizar en la transparencia de la información.

El dictamen aprobado establece que la recaudación anual que se genere se aplicará de la siguiente forma: 63% al Fondo Sectorial Conacyt-Secretaría de Energía, para impulsar la investigación científica y tecnológica en exploración, explotación y refinación de hidrocarburos.

Mientras, otro 2% se enviará a un fondo para formar recursos humanos especializados en la industria petrolera; 15% al Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del Instituto Mexicano del Petróleo, y el restante 20% al mencionado fondo Conacyt-Secretaría de Energía, esta vez para financiar proyectos de investigación en fuentes alternas de energía.

En concordancia con el plan de incrementar los ingresos del país, también se aprobó un plan de austeridad que prevé recortes al gasto del Gobierno federal y de los estados.

Para lo cual el Ejecutivo Federal deberá comprometerse a que antes de que concluya su administración, se alcance una meta de ahorro equivalente al 20% del gasto de operación y administrativo de las dependencias, para lo cual establecerá una meta anual mínima de 5%.

Dentro de este mismo contexto de austeridad, PEMEX, la Comisión Federal de Electricidad y Luz y Fuerza del Centro deberán recortar su gasto en servicios personales, lograr ahorros en materia de gasto administrativo y de apoyo, cancelar vacantes, salvo en casos justificados, cancelar plazas de confianza sin tareas asignadas y definir indicadores para evitar retrasos y sobrecostos en la ejecución de obras.

Con todas estas medidas, se pretende que México eleve su recaudación impositiva a un 12.5% del Producto Bruto Interno (PIB) para el 2012, y genere ingresos adicionales por 115,000 millones de pesos, que equivalen a 1% del PIB, en el primer año de su aplicación.

Sin duda, todavía lejos de la meta de igualar la recaudación tributaria  que se da en las grandes potencias, la cual como ya  hemos mencionado equivale a aproximadamente el  24% del PIB, pero por algo se empieza. Sin embargo, queda por dilucidar si las vías propuestas para lograrlo son las más adecuadas considerando el entorno económico del país.

LAS ALTERNATIVAS PARA INCREMENTAR LA RECAUDACION TRIBUTARIA (2a. PARTE)

Incrementar las tasas de impuestos vigentes

Con la situación económica actual sería algo realmente absurdo por lo que se debe descartar de antemano como una posibilidad real para elevar la recaudación tributaria en nuestro país ya que hay otros medios para lograrlo.

Eliminar regímenes preferenciales en las leyes fiscales

Según el estudio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) titulado Presupuesto de Gastos Fiscales 2007, el fisco deja de captar 517 mil millones de pesos por los tratos preferenciales y exenciones contemplados en las disposiciones fiscales, lo cual equivale prácticamente a lo que se ha estimado se necesita incrementar la recaudación tributaria en nuestro país.

Evidentemente, dentro de esa cantidad se encuentra el efecto de aplicar actualmente la tasa cero de IVA a alimentos y medicinas, por lo que para lograr recaudar tal cantidad sería necesario eliminar tal tratamiento.

Esta opción entonces conlleva el hecho de tener que convencer a muchos de lo necesario de gravar con IVA a éstos bienes, cosa que como ya sabemos no sería fácil ya que el PRD y una fracción del PRI no están de acuerdo con ello, pero además de esto, se encuentra el hecho de que eliminar todos los tratos preferenciales y exenciones de las disposiciones fiscales no será fácil ni algo a lograr de manera inmediata.

Existen demasiados intereses envueltos como para que de un ejercicio a otro se eliminen todos estos tratos preferenciales de que gozan ciertos sectores de la economía en nuestro país, más sin embargo esto no significa que no se pueda ya que con la debida voluntad es posible ir eliminando gradualmente todos esos regímenes y exenciones.

Si consideramos que en total por ésta vía se estima poder recaudar 517 mil millones de pesos adicionales y de que se pretende obtener solo 60 mil millones de pesos adicionales de manera anual, entonces es viable ir gradualmente eliminando estos beneficios a fin de que en un lapso de 6-7 años hayan desaparecido totalmente.

Aumento de la base de contribuyentes

En lo que se refiere a la posibilidad de aumentar la base de contribuyentes, esto implica incorporar al padrón de contribuyentes a la conocida economía informal, la cual debemos recordar es ejercida por aproximadamente una cuarta parte de la población económicamente activa, según cifras del INEGI.

Toda la actividad económica que realizan estas personas generaría alrededor de 73,050 millones de pesos entre impuesto sobre la renta e IVA, según un estudio realizado por la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio (CONCANACO), por lo que aunque no sería la solución total al problema de recaudación tributaria en México, definitivamente ayudaría a lograr al menos una décima parte de lo que se requiere.

Eficientar la recaudación

En cuanto a la posibilidad de eficientar la recaudación, aunque es una situación en la que es difícil determinar en pesos de cuanto es el daño sufrido en la recaudación, pues se estima que el costo de la recaudación anda entre los 30 y 50 centavos por cada peso recaudado, lo que significa que de los 535,019.2 millones de pesos que se han recaudado por impuestos en el período de Enero a Junio de 2007, sólo aproximadamente un 50-70% de dicha cantidad se ha destinado a los gastos públicos ya que la diferencia es el costo de recaudar.  Eficientar la administración tributaria podría disminuir el costo de la recaudación en quizá un 10% lo cual podría significar el poder disponer de alrededor de 53 mil millones de pesos adicionales al año, considerando el nivel de recaudación mostrado hasta Junio del 2007. 

Combatir la evasión fiscal

En lo que se refiere a la evasión fiscal, considerando como tal a las cantidades que dejan de pagar los contribuyentes mediante actos o actividades ilegales, algunos se aventuran a estimarla en un 40% de la recaudación, por lo que nuevamente tomando como referencia la cantidad de impuestos recaudada durante el período Enero-Junio del 2007, tenemos que entonces el monto de la evasión fiscal andaría en alrededor de los 214 mil millones de pesos anuales, lo cual implicaría el que en poco más de dos años se podría alcanzar la meta de 600 mil millones de recaudación adicional que se requiere.

Sin embargo, el combatir la evasión fiscal es sin lugar a dudas uno de los mayores retos de las autoridades fiscales, un reto que se ve tan enorme que parece una misión imposible. La evasión fiscal se ha dado en todos los tiempos y en todas las naciones y seguramente se seguirá dando en el futuro, por lo que lo único que se podría hacer en éste aspecto es implementar medidas para tratar de inhibirla, aunque estimar el monto en que se podría reducir y por consiguiente incrementar la recaudación, es algo verdaderamente difícil ya que se tendría que identificar el monto que se deja de recaudar por cada acto de evasión.

Sin embargo, si consideramos el monto tan alto que se deja de recaudar con motivo de actos de evasión fiscal por parte de los contribuyentes, el sólo lograr reducirla en un 5% representaría alrededor de 25 mil millones de pesos al año y ya no se diga si realmente se pudiera reducir de manera significativa la evasión fiscal ya que entonces prácticamente estaríamos hablando de que esa es la solución a los problemas de recaudación de nuestro país. 

Establecer nuevos impuestos

Mientras que el establecer nuevos impuestos es algo también ilógico debido a la situación económica del país, a menos que tales nuevos impuestos solo les aplicara a aquellas personas que no pagaran los impuestos ya vigentes con anterioridad.  Es decir, esta alternativa sería adecuada si a través de ella incorporaran al padrón de contribuyentes a todas aquellas personas que actualmente no pagan impuestos a pesar de que realizan actividades productivas.

Pero no se justificaría el establecer nuevos impuestos si estos los causarían nuevamente los contribuyentes ya cautivos, aún en el caso de que se manejaran como mínimos o complementarios al ISR, ya que entonces el efecto final y último sería el equivalente a aumentar las tasas de impuesto vigentes.

Para concluir con esta serie, en nuestra siguiente entrega comentaremos lo referente a las situaciones que ocasionan el que  los recursos con que cuenta el erario federal se vean mermados de manera importante.

LAS ALTERNATIVAS PARA INCREMENTAR LA RECAUDACION TRIBUTARIA (1a. PARTE)

21 noviembre 2007 1 Comentario

En los últimos años, si había una característica común a todas las reformas fiscales planteadas y aprobadas, era el hecho de que el monto estimado a recaudar en cada año no variaba de manera significativa en relación a lo recaudado en el año inmediato anterior, lo cual de alguna manera era preocupante si se piensa en que el país requiere incrementar sus ingresos a fin de establecer las bases para un crecimiento sostenido y a largo plazo. La vía tributaria es el medio idóneo para ello; sin embargo, hasta ahora y en los años pasados se había venido implementando una política fiscal de corto plazo, es decir, estableciendo medidas solo para sufragar los gastos del año siguiente y confiando o dependiendo en mucho de factores externos al país como la situación económica de Estados Unidos o el precio internacional del barril de petróleo, el cual por cierto, ha sido el factor decisivo de que en los 4-5 años anteriores se haya obtenido un superávit presupuestal.

Como se mencionaba, para poder cumplimentar cada presupuesto anual se confiaba en el precio del barril de petróleo para lograr las metas de ingresos, sin embargo, existe el riesgo de que si el precio del petróleo baja entonces es evidente que tales metas no se alcanzarán. En los últimos años, a pesar de que en ciertos momentos se ha acudido al recorte de gastos, se han cumplido las metas de ingresos e incluso ha habido un superávit presupuestal, tal y como lo mencionamos anteriormente, mientras que en el aspecto tributario en específico las metas de ingresos se han visto alcanzadas a pesar de todo.

Durante toda la gestión como Presidente de la República de Vicente Fox, año con año se hizo incapié en la necesidad de una reforma fiscal integral que incremente la recaudación tributaria y que siente las bases de un crecimiento sostenido a largo plazo, sin embargo, los partidos políticos y sus intereses particulares siempre impidieron que eso se llevara a cabo, no obstante la evidente necesidad de ello.

Nuestro país es integrante de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico), organismo que agrupa a la mayoría de las naciones más desarrolladas del Mundo, y en un estudio efectuado sobre la tributación en dichas naciones se concluyó que en promedio la recaudación tributaria representaba el veintitantos porciento del Producto Interno Bruto (P.I.B.) de cada país, lo cual significa que por cada peso que se genera en bienes o servicios en esos países, veintitantos centavos son para el fisco.

Sin embargo, en México la situación es bastante distinta ya que a pesar de pertenecer a ese selecto grupo de países desarrollados la recaudación tributaria en nuestro país está muy por debajo de tal promedio, de hecho prácticamente se encuentra a la mitad ya que la recaudación tributaria apenas representa en promedio el 10.2% del PIB.  

De acuerdo a esto es necesario prácticamente duplicar la recaudación tributaria en nuestro país, a fin de alcanzar los niveles en los demás países miembros de la OCDE; sin embargo,  esto evidentemente no es fácil ni se puede lograr de un año para el otro, sino que se requiere de un plan a largo plazo. Un plan que debido a  la magnitud de su objetivo, no puede ser integrado por una sola estrategia, sino que se deben implementar un conjunto de medidas para su consecución.

De acuerdo a los niveles de recaudación tributaria alcanzados en nuestro país se ha podido determinar que se necesita elevar la recaudación en aproximadamente 600 mil millones de pesos en un lapso de 10 años. Este es un período que ha sido considerado accesible para lograr tal meta ya que se ha estimado la posibilidad de elevar la recaudación cada año en un punto del PIB, lo cual equivale a 60 mil millones de pesos anuales. Lo anterior significa que el plan sería que México casi duplique su recaudación tributaria en un lapso de 10 años para que de ésta manera ésta represente poco más del 20% del PIB, tal y como ocurre en los países desarrollados.

Los medios o vías para lograrlo?…..Entre ellas podemos mencionar las siguientes:

1.- Incremento a las tasas de impuesto.

2.- Aumento de la base de contribuyentes.

3.- Eliminar regímenes preferenciales en las leyes fiscales.

4.- Eficientar la recaudación.

5.- Combatir la evasión fiscal.

6.- Establecer nuevos impuestos.

En nuestra siguiente entrega analizaremos cada una de estas alternativas.

LOS 6 CONSEJOS DEL SAT PARA CUMPLIR CON LA REFORMA FISCAL 2008

El SAT se encuentra en plena tarea de difusión de las disposiciones fiscales que entrarán en vigor a partir del 1º. de Enero de 2008, por lo que los diversos funcionarios del SAT se encuentran participando en seminarios y eventos en distintas ciudades del país con tal fin.

Esta situación es parte de las facultades de apoyo y auxilio al contribuyente que las disposiciones fiscales les confieren a las autoridades fiscales, y en uno de esos múltiples eventos, el seminario “El financiamiento y la reforma fiscal en la industria de la construcción”, el Administrador de Programación Nacional del SAT, Armando Sandoval López, señaló que efectivamente el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) afectaría de manera importante a muchos contribuyentes pero que Las empresas no están contribuyendo con lo que debe ser, hay evasores y tenemos petróleo sólo para 10 años. Ante esta situación, o copelas o cuello”.

Como sabemos, la razón de la implementación de los nuevos impuestos para el año 2008 es la situación que guardan las finanzas públicas en relación a la gran dependencia que de los ingresos petroleros se tiene y a la baja recaudación tributaria.

El pagar más impuestos por supuesto que no ha caído nada bien entre los contribuyentes, sin embargo, las autoridades fiscales han hecho notar que más de 15% de las empresas se declaran en ceros en materia del Impuesto Sobre la Renta (ISR), además de que para eludir al fisco muchas trabajan con empresas fantasmas, usan facturas apócrifas, simulan importaciones y exportaciones, tienen ingresos no justificables o que están asociadas con instituciones donatarias, entre otras muchas prácticas, lo cual evidentemente impacta la recaudación de impuestos poniendo al gobierno en una situación difícil, por lo que se tienen que buscar otras alternativas de financiamiento siendo una de ellas el establecer nuevas contribuciones.

Con la finalidad de evitar el que los contribuyentes tengan problemas en el futuro y cumplan adecuadamente con las nuevas disposiciones que entrarán en vigor a partir del 1º. de Enero de 2008, el SAT da a conocer 6 consejos útiles sobre la reforma fiscal para que los contribuyentes puedan cumplir con las nuevas obligaciones.

A continuación mencionamos tales recomendaciones, agregando nuestro comentario a cada una de ellas:

1.- Proporcione toda la información que se requiera cuando realice el trámite para la devolución de impuestos.

Lo anterior es porque a partir del 1º de Enero de 2008 el SAT tendrá la facultad de realizar una visita al contribuyente que solicite devolución de impuestos con la finalidad de verificar la procedencia de tal solicitud. La autoridad tendrá un plazo de 90 días para concluir tal visita, tiempo durante el cual se suspenderá el plazo que tiene la autoridad para devolver los impuestos solicitados.

Por tal motivo, a partir del 2008 será más que indispensable el tener todo debidamente en orden y amarrado si es que solicitamos devolución de impuestos, ya que aunque es evidente que ésta facultad de revisión de la autoridad no se ejercerá en cada uno de los casos de solicitud, pues si estará latente la posibilidad.

2.- Si enfrenta una auditoría, aporte la información solicitada, no se espere a ganar un litigio.

A partir del 2008 el presentar información y documentación como prueba en los medios de defensa que presente el contribuyente, sin que ésta se haya mostrado previamente a las autoridades fiscales al momento de ejercer sus facultades de comprobación, se considerará como motivo para que éstas puedan nuevamente revisar los mismos períodos y contribuciones.

Como sabemos, la autoridad puede volver a revisar las mismas contribuciones y períodos cuando se comprueben hechos diferentes a los ya revisados, debiendo sustentarse tales hechos diferentes en alguna de las siguientes situaciones:

a) Información, datos o documentos proporcionados por terceros.

b) Revisión de conceptos específicos que no se hayan revisado con anterioridad.

c) Datos aportados por los contribuyentes en declaraciones complementarias.

d) Documentación aportada por los contribuyentes en los medios de defensa y que no haya sido exhibida a las autoridades fiscales en el transcurso del ejercicio de sus facultades de comprobación.

Por tal motivo, tenemos que tener mucho cuidado con la información o documentación que presentemos como prueba en los medios de defensa ya que podría ser motivo de que las autoridades nuevamente volvieran a revisarnos.

3.- Conozca mejor a su dictaminador y evite contratar un contador no registrado ante el SAT.

A partir del 2008 se establece como motivo para no respetar la revisión secuencial, la cual como sabemos consiste en que primeramente la autoridad debe revisar al dictaminador y no al contribuyente, el que el dictaminador tenga su registro cancelado o suspendido, o bien, el que haya desocupado su domicilio fiscal sin haber presentado el aviso de cambio respectivo.

Por tal motivo, es necesario al contratar a un contador que vaya a dictaminar los estados financieros para efectos fiscales, el verificar que su registro se encuentre vigente, que no haya sido dado de baja, lo cual podemos realizar en la página web del SAT. 

4.- Evite depósitos mayores a un millón de pesos. 

A partir del 2008 se establece la presunción por parte de las autoridades fiscales de que los depósitos que excedan a un millón de pesos y que se realicen en cuentas bancarias de personas no inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o que no están obligadas a llevar contabilidad, se consideran ingresos por los que se debe pagar Impuesto Sobre la Renta.

En relación a esto, es conveniente precisar que para determinar tal tope se considerarán la totalidad de los depósitos efectuados en un ejercicio sin importar si fueron en efectivo, cheque, transferencia electrónica o cualquier otra vía.  Esta disposición tiene el evidente objetivo de combatir el lavado de dinero y la detección de personas no inscritas en el RFC, por lo que se señala que para evitar tal presunción es necesario que la persona informe al SAT de tales depósitos y cumpla con requisitos que más adelante nos darán a conocer a través de reglas generales.

5.- Use preferentemente los medios electrónicos de pago. 

Como sabemos a partir del 1º de Julio del 2008 entrará en vigor otro nuevo impuesto, el denominado Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), el cual gravará con una tasa del 2% a todos los depósitos en efectivo realizados en una misma institución financiera cuando en un mes excedan de la cantidad acumulada de $ 25,000.00.

Por tal motivo y si queremos evitar el pago de dicho impuesto, es recomendable el efectuar depósitos por otros medios tales como cheques, transferencias electrónicas o cualquier otro medio distinto al efectivo, ya que éstos no causan el impuesto mencionado.    

6.- No exceda el monto de los donativos para deducir impuestos.

Como consecuencia del hecho de que el SAT ha podido detectar que una gran cantidad de empresas que no pagan ISR se encuentran de alguna forma asociadas a instituciones que reciben donativos deducibles para dicho impuesto, es que para el 2008 limita de manera importante el monto que se podrá deducir como donativo al establecerse que dichos conceptos no podrán exceder de la cantidad equivalente al 7% de la utilidad fiscal del ejercicio inmediato anterior.

Por tal razón, aquellas empresas que por el ejercicio 2007 generen una pérdida fiscal no podrán deducir para el 2008 absolutamente nada por concepto de donativos.

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EFECTOS ECONOMICOS DE LA REFORMA FISCAL

Dicen que todo tiene sus pros y sus contras, su lado bueno y su lado malo….En el caso de la reforma fiscal aprobada para 2008 no puede ser distinto, y aunque quizá es muy pronto para evaluar o determinar los efectos económicos que dicha reforma tendrá en nuestro país, si es posible mencionar aquellas situaciones que de acuerdo a los considerandos del paquete económico presentado al Congreso de la Unión por parte del Ejecutivo Federal, se presentarían al aprobarse la reforma fiscal. 

Mientras que por otra parte el sector empresarial y diversas agrupaciones también han evaluado las consecuencias que tendrá dicha reforma fiscal. El escenario pintado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se puede resumir de la siguiente manera: 

1.- Mayor crecimiento económico.

El Producto Interno Bruto (PIB) de México crecería 3.5% en 2008 sin las reformas fiscales, pero la expansión será mayor y alcanzaría una tasa de 3.7% con la aprobación de las propuestas. De acuerdo a Agustín Carstens, Secretario de Hacienda, “La aprobación de la propuesta de reforma hacendaria llevaría a un crecimiento económico más elevado y a una mayor creación de empleos debido a un aumento importante en la inversión pública en infraestructura; así como mayores inversiones del sector privado generadas gracias a un entorno favorable”. 

El mismo Agustin Carstens señala que el crecimiento pronosticado para 2008 del 3.7%  es “conservador”, pero  “la reforma nos quita vulnerabilidad (…), el 3.7% es más seguro, estamos protegidos por alzas del petróleo (…), la reforma no sólo nos hace más competitivos, es la primera de toda una secuencia de reformas…” 

2.-Menores tasas de interés.

Los CETES a 28 días (tasa líder) promediarían durante el año un 7.2% sin la reforma fiscal y, en cambio, bajarían a 7.0% con la reforma tributaria aprobada. La tasa real acumulada durante el año sería de 4.3% sin reforma y de 4.1% con los cambios aprobados.

3.- Riesgo País más bajo.

La mejora en la situación fiscal del país repercutirá positivamente en la forma cómo las calificadoras e inversionistas ven la exposición de México al riesgo. Menores tasas de interés y un riesgo país más bajo reducirán eventualmente el costo del endeudamiento de personas y empresas. 

EL concepto de Riesgo País está asociado a la probabilidad de incumplimiento en el pago de la deuda pública de un país, expresado como una prima de riesgo. En la determinación de esta prima de riesgo influyen factores económicos, financieros y políticos que pueden afectar la capacidad de pago de un país. Algunos de ellos son de difícil medición, y de allí que se empleen diferentes metodologías que intentan cuantificar dicha prima.

El banco de inversiones J. P. Morgan, de Estados Unidos, que posee filiales en varios países latinoamericanos, mide el Riesgo País a través de un índice denominado Emerging Markets Bond Index Plus (EMBI+), el cual representa el grado de “peligro” que entraña un país para las inversiones extranjeras. El EMBI+  analiza el rendimiento de los instrumentos de la deuda de un país, principalmente el dinero en forma de bonos, por los cuales se abona una determinada tasa de interés en los mercados.  El valor del Riesgo País es igual a la diferencia entre las tasas que pagan los bonos del Tesoro de los Estados Unidos y las que pagan los bonos del respectivo país. Se utiliza la tasa de los bonos del Tesoro de los Estados Unidos como base, ya que se asume que es la de menor riesgo en el mercado. 

El Riesgo País se mide en puntos básicos (cada 100 puntos equivalen a 1%), por esto cuando se escucha que el índice de Riesgo País se ubica en 1.200 puntos, en realidad se está diciendo que el bono del país emisor paga 12% adicional sobre la tasa de los bonos americanos. 

El riesgo país de México, medido a través del Índice de Bonos de Mercados Emergentes (EMBI+) de J.P. Morgan, se ubicó en 132 puntos base en la primera semana de Noviembre del 2007, el nivel más alto desde Junio de 2006.  

4.- Menos pesos por dólar. 

Una mayor solidez de las finanzas públicas y un mejor entorno económico significará una menor depreciación del peso en los mercados cambiarios. Sin la reforma fiscal, el gobierno vaticinaba una paridad promedio peso-dólar de 11.30 para el año 2008, pero con la reforma fiscal, el tipo de cambio promedio en 2008 sería de 11.20 pesos por dólar.

5.- Disminución de tarifas eléctricas.

Todavía no se ha especificado a detalle cómo y a quiénes beneficiaría una eventual reducción en las tarifas eléctricas, pero con la reforma fiscal, el gobierno promete un gasto adicional de 7,443 millones de pesos destinado a subsidios para la energía eléctrica. 

6.- Mayores ingresos tributarios; menos dependencia petrolera.

La reforma fiscal generaría en 2008 ingresos adicionales por unos 115 mil millones de pesos, monto equivalente al 1.1% del PIB. De esos recursos nuevos, 70% serían asignados a la Federación (80 mil millones de pesos) y 30% a las entidades (35 mil millones de pesos). El incremento de ingresos a través de fuentes tributarias disminuiría la dependencia de las arcas públicas al volátil precio del petróleo. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público calculó para 2008 un precio promedio de la mezcla mexicana de crudo de 46.6 dólares por barril, produciendo 3 millones 140 mil barriles diarios y exportando al día 1 millón 678 mil barriles. De materializarse un nivel de ingresos como el estimado, en 2008 se observaría el nivel histórico más elevado de los ingresos tributarios no petroleros como porcentaje del PIB en al menos los últimos 30 años y éstos aumentarían su participación dentro de los ingresos totales.  

7.- Impulso a infraestructura, comunicaciones, agua y energía.

Con los recursos adicionales derivados de la reforma fiscal, el gobierno federal ha prometido encauzar 76.7% de ese nuevo dinero a proyectos que fomenten la competitividad y la creación de empleos. A planes de infraestructura destinaría 53,881.5 millones de pesos, a comunicaciones y transportes otros 16,483.3 millones de pesos, a proyectos relativos a agua otros 8,178 millones de pesos y a planes de energía otros 29,220.2 millones de pesos.

8.- Infraestructura hospitalaria e IMSS. 

Con más dinero fruto de las nuevas contribuciones fiscales, el gobierno promete destinar a infraestructura hospitalaria unos 3,589.4 millones de pesos, así como otros 4,089.4 millones de pesos al fortalecimiento del Instituto Mexicano del Seguro Social. 

9.-Combate a marginación e inseguridad.

De acuerdo con la propuesta de asignación de recursos provenientes de la reforma fiscal, el gobierno destinaría al apoyo de municipios con elevados niveles de marginación un total de 3,000 millones de pesos, y para mejorar la seguridad pública municipal otros 3,589 millones de pesos.  

10.- Cobertura educativa.

Con la aprobación de la reforma fiscal se contempla aumentar la cobertura en educación media superior y superior en 4,407.3 millones de pesos. 

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